VISTO el expediente nº 1976/84 elevado por el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Saladillo, con referencia a lo solicitado por los vecinos de las calles Dr. Emparanza y Viale de la ciudad de Saladillo; y
CONSIDERANDO el informe de nuestra Comisión de Obras Públicas y Vialidad, el de Presupuesto y Hacienda y el de la División Contaduría de la Municipalidad de Saladillo;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Saladillo a disponer la prestación del Servicio de Alumbrado Público en la intersección de las calles Dr. Emparanza y Viale en la ciudad de Saladillo.-
ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Saladillo dispondrá lo necesario para el cumplimiento de la presente Ordenanza e imputará los gastos que demande a la Partida Finalidad I, Administración General – Item 1.2.5.2.11. – Obras Varias.-
ARTICULO 3º: Declárese la presente obra de utilidad pública conforme al artículo 59 último apartado de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
ARTICULO 4º: Los trabajos que demande la obra se efectuar n por la Cooperativa Eléctrica y Otros Servicios Públicos de Saladillo Limitada, conforme a la Ordenanza Nº 627/83 en su Artículo 6º.-
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecinueve días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro.-
ORDENANZA Nº 118/84.-