VISTO el expediente nº13/86, correspondiente al nº120/86 del Departamento Ejecutivo, relacionado con Incorporación Tasa Servicios Urbanos; y
CONSIDERANDO la decisión del Departamento Ejecutivo y ambos Bloques del Honorable Concejo de someterlos a los Señores Mayores Contribuyentes y Concejales a Asamblea para su consideración a pesar de ser legalmente facultad del Cuerpo, por tratarse de disminución;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Incorpórase a continuación del Capítulo I – de la Ordenanza Impositiva Vigente lo siguiente:
CAPITULO – TASA SERVICIOS URBANOS.-
ARTICULO – Los contribuyentes comprendidos en este capítulo abonarán la tasa por servicio urbanos de acuerdo a la siguiente escala:
1.- Barrido y recolección de residuos y conservación de vía pública:
1.1. Sector único de servicios en Planta Urbana de Saladillo, calles pavimentadas, por metro de frente y por cuota ………………….=A= 0.29.-
1.2. Sector único de servicios en localidades del interior del Partido de Saladillo, calles pavimentadas, por metros de frente y por cuota …..=A= 0.20.-
2.- Recolección de residuos y conservación de la Vía Pública:
2.1. Con frente a calles de tierra en planta urbana de Saladillo, por metro de frente y por cuota ……………………………………………=A= 0.15.-
2.2. Con frente a calle de tierra en localidades del interior del partido de Saladillo, por metro de frente y por cuota ……………………..=A= 0.106.-
3.- Conservación de la Vía Pública:
3.1. Con frente a calles de tierra en planta urbana de Saladillo, por metros de frente y por cuota ……………………………………………=A= 0.11.-
3.2. Con frente a calles de tierra en localidades del interior del Partido de Saladillo, por metro y por cuota ……………………………….=A= 0.08.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecisiete días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y seis.-
ORDENANZA Nº12/86.-