VISTO el expediente nº24/92 – Alcance 1 iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº467/93, a través del cual TELEVISORA SALADILLO S.A. solicita una prórroga por el plazo de un año para el uso del espacio aéreo en la localidad de Del Carril, fijado por el artículo 2º de la Ordenanza Nº10/92; y
CONSIDERANDO que en la Segunda Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 19 de abril de 1993, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas que aconseja acceder a lo solicitado;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Prorrogase por el plazo de un año la vigencia del Artículo 2º de la Ordenanza Nº10/92 (promulgada bajo el Nº1418/92)que expresa lo siguiente: “Otorgase un plazo de un (1) año para que el citado servicio este prestándose, caso contrario la autorización conferida en el artículo 1º de la presente Ordenanza caducar automáticamente”.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecinueve días del mes de abril de mil novecientos noventa y tres.-
ORDENANZA Nº13/93.-