VISTO el expediente nº 212/91 – Alcance 2, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual eleva proyecto de Ordenanza modificando el artículo 3º, Capítulo I, de la Ordenanza Nº 45/93 referente a las Funciones y Competencias de las distintas áreas municipales;
que, por cuestiones operativas, se hace necesario establecer modificaciones en las áreas de la Secretaría General y de Hacienda y en la Dirección de Finanzas, las cuales en la práctica ya están cumpliendo con esos roles;
que, el artículo 181º de la Ley Orgánica de las Municipalidades prevee que por Ordenanza se deslindará las funciones y competencias de cada Secretaría; y
CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 19 de mayo de 1997, el Honorable Cuerpo aprobó por mayoría el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas que aconseja sancionar el proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo, donde se especifican las nuevas funciones de la Secretaría General y sus órganos competentes: Dirección de la Producción y Dirección del Vivero Municipal, y por otra parte las funciones de la Secretaría de Hacienda, quien dependerán los encargados de las áreas de Impuestos, Recaudaciones, Tesorería y Guías;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Modifícase el Artículo 3º, Capítulo I de la Ordenanza Nº 45/93 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha seis de setiembre de 1993, promulgada bajo el nº 1540, el cual quedará redactada de la siguiente manera:
“ARTICULO 3º: Capítulo I
DE LA SECRETARIA GENERAL
Composición, funciones:
a) Composición:
Se integrará por un Secretario General y dos Directores, a saber: Un Director de la Producción y un Director de Vivero.-
b) Funciones y Competencias:
Será función del Secretario refrendar notas y Decretos que dicte el Intendente, conjuntamente con el Secretario del área que corresponda, además de los que incumben a su área conforme a esta Ordenanza.-
Resolver los asuntos que expresamente le sean delegados y/o encomendados conforme lo dispone la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
Implementar las políticas que fije el Intendente a través de su Secretaría.-
Desarrollará también tareas de coordinación de las restantes Secretarías y a la vez brindará apoyatura técnico-legal a las mismas.-
Participará activamente en la elaboración y concreción de los proyectos que tengan origen en su seno y en las restantes áreas.-
Llevará adelante la relación con el Honorable Concejo Deliberante en procura de dotar de dotar de un creciente dinamismo a la necesaria integración entre el órgano Deliberativo y el Departamento Ejecutivo Municipal.-
DE LA DIRECCION DE LA PRODUCCION
Composición y funciones:
a) Composición:
Se integrará por un Director de la Producción.-
b) Funciones y Competencias:
Serán funciones del Director generar proyectos, los cuales deberán estar orientados al desarrollo de la actividad productiva, actuando el estado municipal como factor de incentivo e impulso de los mismos.-
Brindará asesoramiento técnico a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos en lo referente a parques, plazas y arbolado urbano en todo el Partido de Saladillo, así como también será el encargado de realizar la interpretación del texto de la Ordenanza que rige este tema.-
Asimismo, y en forma conjunta con el Señor Director del Vivero Municipal “Eduardo L. Holmberg”, tendrá a su cargo la elaboración de los programas de comercialización del mismo.-
Elaborar registros de producción y de ventas.- Promover campañas publicitarias tendiente a ganar nuevos mercados.- Promover la formalización de Convenios con entidades públicas o privadas, universidades y organismos gubernamentales tendientes a intercambiar información, datos y resultados de investigaciones en política forestales.- Promover la producción forestal y la diversificación en la producción.-
DE LA DIRECCION DEL VIVERO MUNICIPAL
a) Composición:
Se integrará por un Director del Vivero Municipal.-
b) Funciones y competencias:
Dirigir la producción y promover la venta de especies forestales y ornamentales del Vivero Municipal “Eduardo L. Holmberg”.- Supervisar las tareas encomendadas a los encargados de áreas.- Custodiar el patrimonio afectado al Vivero.- Llevar un inventario permanente de las especies existentes.-
ARTICULO 3º Bis:
DE LA SECRETARIA DE HACIENDA
a) Composición:
Se compondrá de un Secretario y los Encargados de las áreas de Impuestos, Recaudación, Tesorería y Guías.-
b) Funciones y competencias:
Será función del Secretario refrendar las notas y Decretos que dicte el Intendente que incumban a su área conforme a esta Ordenanza.-
Resolver los asuntos que expresamente le serán delegados por el Intendente Municipal conforme al artículo 181º, párrafo 3º de la Ley Orgánica Municipal.-
Atender los asuntos referidos a las haciendas municipales, en especial: preparar el proyecto del Presupuesto y vigilar su ejecución; estudiar la evolución del costo de los servicios municipales; evaluar el comportamiento de las Tasas Municipales respecto del costo del servicio; controlar el gasto e intervenir suministros y órdenes de pago; procurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes; vigilar el respeto por parte de la Contaduría, Tesorería y Oficinas de Compras de obligaciones que le impone la Ley Orgánica Municipal y el Reglamento de contabilidad; extender órdenes de compra y de pagos en los términos del artículo 183º de la Ley Orgánica Municipal.-
Controlar las tareas de la Oficina de Guías, referidas a la expedición de documentación respecto a la existencia y traslado de ganado.-
Asimismo, tendrá a su cargo la expedición de las habilitaciones municipales”.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecinueve días del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete,-
ORDENANZA Nº 13/97.-