VISTO que la prestación de los servicios municipales demanda la asignación de funciones especiales a diversos agentes de la planta temporaria y permanente de este Municipio, que cumplen funciones equiparables a responsables de diferentes áreas (encargado de higiene urbana, encargado cementerio, encargado cuadrilla Obras Sanitarias, en cargado Corralón, etc.) y a los efectos de compensar esa mayor responsabilidad que se le asigna con una mayor remuneración y hasta tanto sea sancionado el Presupuesto 1985, que deberá prever en forma permanente estas funciones, imprescindibles para la mayor eficiencia de los servicios públicos; y
CONSIDERANDO la nota de elevación del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Saladillo;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Establecese para los agentes que tienen a cargo las siguientes responsabilidades:
– Encargado de Higiene Urbana.-
– Encargado Cuadrilla Obras Sanitarias.-
– Encargado Higiene -Cementerio.-
– Encargado Albañilería.-
– Encargado Corralón.-
– Encargado Paseos Públicos.-
Una bonificación no remunerativa por funciones transitorias carentes de estabilidad de m s responsabilidad con retención de sus cargos, equivalente a la diferencia existente entre el básico que percibe el agente por la categoría que ocupa en el escalafón y el sueldo básico del jefe del departamento.-
ARTICULO 2º: Esta bonificación se hará efectiva hasta tanto entre en vigencia el Presupuesto Municipal 1985, en el que se preverán estas funciones.-
ARTICULO 3º: Los agentes que el Departamento Ejecutivo determine que ocupe tales funciones, no percibirán horas extras por el desempeño de tales funciones fuera del horario habitual de la administración.-
ARTICULO 4º: Los efectos de la presente Ordenanza se harán efectivo a partir del 1º de noviembre de 1984.-
ARTICULO 5º: Creanse dentro del Presupuesto de Gastos vigente, las siguientes cuentan con sus respectivos créditos:
PRESUPUESTO DE GASTOS – CREACION DE PARTIDAS
JURISDICCION II – DEPARTAMENTO EJECUTIVO
FINALIDAD I – ADMINISTRACION GENERAL – ITEM 1.-
BONIFICACIONES
1.1.1.3.4. Bonificación por función $a 70.518
FINALIDAD III – SERV. ESP. URBANOS – ITEM 2
1.1.1.3.4. Bonificación por función $a 28.014
FINALIDAD IV – INF. VIAL – ITEM 1
———————————
1.1.1.3.4. Bonificación por función $a 106.582
TOTAL $a 205.114
ARTICULO 6º: Los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo anterior, se tomar n de la siguiente partida:
FINALIDAD VI – A Clasificar
1.4.1. – Credito Adicional $a 205.114
ARTICULO 7º: Amplíanse los créditos de las partidas del Presupuesto de Gastos Vigente, en los que a continuación se indican:
JURISDICCION II – DEPARTAMENTO EJECUTIVO
FINALIDAD I – ADM. GENERAL – ITEM 1
1.1.1.3.2. Sueldo Anual Complementario $a 5.900
1.1.1.4.1. Al Instituto de Previsión Social $a 10.000
1.1.1.4.2. Al Instituto de Obras Medico Asistencial $a 3.500
FINALIDAD III – SERV. ESP. URBANOS – ITEM 2
1.1.1.3.2. Sueldo Anual Complementario $a 2.400
1.1.1.4.1. Al Instituto de Previsión Social $a 4.000
1.1.1.4.2. Al Instituto de Obras Medico Asistencial $a 1.400
FINALIDAD IV – INF. VIAL – ITEM I
1.1.1.3.2. Sueldo Anual Complementario $a 8.900
1.1.1.4.1. Al Instituto de Previsión Social $a 15.100
1.1.1.4.2. Al Instituto de Obras Medico Asistencial $a 5.200
TOTAL $a 56.400
ARTICULO 8º: Los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo anterior serán tomados de las siguientes partidas:
FINALIDAD VI – A Clasificar
1.4.1. Crédito Adicional $a 56.400
ARTICULO 9º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintinueve días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro.-
ORDENANZA Nº139/84.-