VISTO el expediente nº 146/04 – Alc. 1, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 2099/05, que eleva proyecto de Ordenanza modificando el Convenio suscripto con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, que forma parte de la Ordenanza Nº 26/04;

que, las modificaciones propuestas por el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, corresponde a la forma de pago del Convenio oportunamente suscripto con ese Organismo;

que, existe informe favorable de la Contaduría Municipal; y

CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 23 de mayo de 2005, este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que resuelve acordar y suscribir la modificación solicitada;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir la modificación al Convenio suscripto con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, en los términos propuestos por el mencionado Instituto, que se adjunta como anexo I a la presente.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintitres días del mes de mayo del año dos mil cinco.-

ORDENANZA Nº 16/05.-
ANEXO I

CONVENIO DE RECONOCIMIENTO Y PAGO DE DEUDA Y DE REGULARIZACION DE PAGO MEDIANTE DEBITO DE LA COPARTICIPACION

– – – Entre el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, en adelante el EL INSTITUTO, representado en este acto por el Señor Administrador General Contador Daniel Roberto GUASTAVINO por una parte, y la Municipalidad de Saladillo, en adelante LA MUNICIPALIDAD, representada en este acto por su Intendente Municipal Don Carlos GOROSITO, acuerdan suprimir, del CONVENIO 09-334-04, el artículo 6º y modificar los artículos 3º, 4º y 5º, que quedarán redactados de la siguiente manera:

ARTICULO 3º: MODALIDAD DE PAGO: La Municipalidad compromete a abonar a El Instituto, consintiendo que se requiera de la Contaduría General de la Provincia de Buenos Aires, la afectación de los recursos de coparticipación provincial, la cantidad de sesenta (60) cuotas de pesos seis mil quinientos cincuenta y cinco con 29/100 ($ 6.555,29), mensuales y consecutivas.-

ARTICULO 4º: VENCIMIENTO DE LOS PAGOS: La Contaduría General de la Provincia de Buenos Aires, a solicitud de El Instituto, debitará automáticamente de los fondos de coparticipación la cuota mensual convenida en el presente.-

ARTICULO 5º: PRESUPUESTACION: La Municipalidad se compromete a incorporar en sus presupuestos anuales las partidas presupuestarias para hacer frente a las obligaciones asumidas en el presente convenio.-

– – – Como prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en la ciudad de La Plata, a los … días del mes de … del año 2005.-

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