VISTO el expediente nº 60/2010, iniciado por la Concejal Dra. Marta Luisa Melli del Bloque de la U.C.R., que eleva proyecto de Ordenanza prohibiendo en el Partido de Saladillo el establecimiento o funcionamiento, de espectáculos circenses o similares que ofrezcan como atractivo principal o secundario, cualquiera sea su finalidad, la participación y/o exhibición de animales de cualquier especie;
que, la presencia de animales en los circos, conforma una clara contradicción con lo dispuesto en la Declaración Universal de los Derechos del Animal proclamada el 15 de octubre de 1978 por la Liga Internacional, y aprobada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), y posteriormente por la Organización de las Naciones Unidas (ONU);
que, la existencia de espectáculos que coaccionen a los animales a realizar actos contrarios a su naturaleza choca abiertamente con las concepciones predominantes en nuestra sociedad;
que, aunque el circo en sus inicios hubiese consistido en espectáculos que incluían animales, actualmente esta concepción ha superado y que los circos más famosos del mundo han resaltado el espíritu propio de un espectáculo basado en los talentos y aptitudes de los artistas, sin resultar necesaria la inclusión de números peligrosos y denigrantes para otros seres vivos;
que, las precarias condiciones de vida, la explotación y el constante maltrato que sufren estos animales constituyen una flagrante violación a sus derechos, estando ampliamente probado que el antagonismo de la vida circense con el hábitat natural de estos seres vivos les ocasiona trastornos fisiológicos y del comportamiento;
que, los métodos de entrenamiento consisten en torturas de toda clase, basadas en la violencia física y psicológica hacia los animales tanto domésticos como salvajes, que reprimen sus instintos naturales y afectan su estado de salud, reduciendo su tiempo estimado de vida;
que, no puede argumentarse que exista mensaje educativo o didáctico alguno en una exhibición que nada muestra sobre el hábitat natural y las verdaderas condiciones de vida de los animales, y que por el contrario enseña el sufrimiento y la explotación de otros seres vivos que no cuentan con medios para defenderse por sí mismos;
que, todo animal perteneciente a una especie salvaje, tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse;
que, toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a ese derecho;
que, las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal;
que, es obligación de este Cuerpo trabajar en defensa de la vida y el medio ambiente, y aportar lineamientos de conducta que sirvan de ejemplo a la sociedad que el respeto y tolerancia a otras formas de vida evidencian el progreso moral de una sociedad; y
CONSIDERANDO, que en la Tercera Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 11 de mayo de 2010, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Salud Pública, Ecología y Medio Ambiente que aconseja su aprobación;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Prohíbese en todo el territorio del Partido de Saladillo el establecimiento o funcionamiento, con carácter temporal o permanente, de espectáculos circenses o similares que ofrezcan como atractivo principal o secundario, cualquiera sea su finalidad, la participación y/o exhibición de animales de cualquier especie.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los once días del mes de mayo del año dos mil diez.-
ORDENANZA Nº 20/2010.-