VISTO el expediente nº35/86, por el cual a pedido del Departamento Ejecutivo, se promueve la inscripción de un Convenio con la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Limitada, como Agente de Retención de la Tasa por Alumbrado Público; y
CONSIDERANDO que con ello quedan debidamente implementadas las relaciones entre el Agente Recaudador y este Municipio;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un Convenio con la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Limitada, el que regir las relaciones emergentes de la aplicación de lo establecido en el Libro Segundo – Capítulo I “Tasa por Alumbrado Público” y cuyo texto como Anexo I, forma parte de la presente.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecinueve días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y seis.-
ORDENANZA Nº27/86.-