VISTO lo solicitado por el Departamento Ejecutivo sobre el “Programa de Recuperación y Manejo de Areas Anegadizas de la Pampa Deprimida”;
que, siendo un objetivo expresamente consignado en el programa que guía la acción de gobierno;
CONSIDERANDO lo informado por la División Contaduría de la Municipalidad de Saladillo con respecto a la imputación de los gastos;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorizar al Departamento Ejecutivo a celebrar convenio con el Ministerio de Asuntos Agrarios, para la colaboración recíproca con el objeto de llevar a cabo el Programa de Recuperación y Manejo de Areas Anegadizas de la Pampa Deprimida del Partido de Saladillo, conforme al modelo que se adjunta y que forma parte de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 2º: Los gastos que demande la atención del convenio ha suscribirse deber imputarse con cargo a la Partida 2.5.2. – Erogaciones de Capital – Trabajos Públicos – 7 – Obras Varias.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dieciocho días del mes de abril de mil novecientos ochenta y cuatro.-
ORDENANZA Nº30/84.-