VISTO lo solicitado por el Departamento Ejecutivo sobre el “Programa de Recuperación y Manejo de Areas Anegadizas de la Pampa Deprimida”;

que, siendo un objetivo expresamente consignado en el programa que guía la acción de gobierno;

CONSIDERANDO lo informado por la División Contaduría de la Municipalidad de Saladillo con respecto a la imputación de los gastos;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Autorizar al Departamento Ejecutivo a celebrar convenio con el Ministerio de Asuntos Agrarios, para la colaboración recíproca con el objeto de llevar a cabo el Programa de Recuperación y Manejo de Areas Anegadizas de la Pampa Deprimida del Partido de Saladillo, conforme al modelo que se adjunta y que forma parte de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 2º: Los gastos que demande la atención del convenio ha suscribirse deber imputarse con cargo a la Partida 2.5.2. – Erogaciones de Capital – Trabajos Públicos – 7 – Obras Varias.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dieciocho días del mes de abril de mil novecientos ochenta y cuatro.-

ORDENANZA Nº30/84.-

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