VISTO el expediente nº 135/97, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 745/97, a través del cual eleva proyecto de Ordenanza referente a autorizar la donación gratuita de los lotes doce y trece del Sector Industrial Planificado, en favor de la Empresa TOM. S.A.;
que, la nota presentada por la Empresa TOM S.A. a través de la cual solicita la donación en forma gratuita de los lotes doce y trece del Sector Industrial Planificado a efectos de poder desarrollar un proyecto de inversión y ampliación de la producción de esa empresa;
que, este Municipio viene implementado una política de fomento a la producción a través del apoyo permanente a las empresas de nuestro medio;
que, la Ley Orgánica Municipal autoriza la donación de inmuebles para tal fin; y
CONSIDERANDO que en la Novena Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 11 de agosto de 1997, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que solicita al Departamento Ejecutivo que realice las gestiones necesarias para otorgar la posesión a la firma TOM S.A. de los lotes 12 y 13 del Parque Industrial, cumpliendo con la Ordenanza Nº 54/96;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorízase la donación en forma gratuita de los lotes 12 y 13 del Sector Industrial Planificado en favor de la EMPRESA TOM S.A. a efectos de poder desarrollar un proyecto de inversión y ampliación de la producción de dicha empresa.-
Para dar cumplimiento al párrafo anterior, será de aplicación el artículo 1826, concordantes y subsiguientes al Código Civil de la Nación Argentina.-
ARTICULO 2º: La presente donación es al solo efecto de cumplir con el proyecto de inversión y ampliación de la producción de esa empresa.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los once días del mes de agosto de mil novecientos noventa y siete.-
ORDENANZA Nº 30/97.-