VISTO lo solicitado por el Departamento Ejecutivo con relación a lo peticionado por los miembros de la Asociación Cooperadora del Jardín de Infantes Nº904 “Granaderos de San Martín”; y
CONSIDERANDO que dicha solicitud es atendible ya que ese servicio ha sido prestado en años anteriores, agregándose ahora el hecho de que el mencionado Colegio ha sido trasladado a varios cuadras de su anterior emplazamiento;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Conferir el derecho de uso de un vehículo de propiedad de la Municipalidad de Saladillo a la Asociación Cooperadora del Jardín de Infantes Nº904 “Granaderos de San Martín” para el traslado de sus alumnos al mismo y por el tiempo que dure el ciclo lectivo del año 1984.-
ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo determinar el tipo de vehículo a afectar al uso establecido de acuerdo a las necesidades de funcionamiento de la Administración Municipal.-
ARTICULO 3º: El vehículo que se adjudique de acuerdo a lo establecido en los artículos 1º y 2º de la presente Ordenanza será invariablemente conducido por el personal municipal que determine el Departamento Ejecutivo.-
ARTICULO 4º: El vehículo asignado deberá estar asegurado por accidentes contra terceros y personas transportadas.-
ARTICULO 5º: Los gastos que originen el mantenimiento y utilización del vehículo afectado a este servicio serán con cargo a esta Municipalidad de Saladillo y con imputación a los rubros correspondientes, según su caso, en un todo de acuerdo a las características propias de “unidad de uso municipal”.-
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dieciocho días del mes de abril de mil novecientos ochenta y cuatro.-
ORDENANZA Nº32/84.-