VISTO el expediente nº 145/96, iniciado por los Concejales de Iraola y Gualberto -U.C.R.-, mediante el cual elevan proyecto de Ordenanza referente a la recolección de latas de aluminio, para que las mismas sean trasladadas a la Escuela de Educación Técnica Nº1, “General Savio”;

que, es una preocupación principal en el mundo actual, el tratamiento de toda clase de residuos y basura que produce la actividad humana, tanto para unas tendencias políticas como para otras, pues es un drama de la humanidad la depredación y contaminación del medio ambiente;

que, en países como los nuestros, donde los recursos económicos y los intereses creados de grandes corporaciones juegan un papel primordial, los primeros por su escasez y los segundos por el afán de maximizar ganancias a cualquier costo, la cuestión se torna particularmente difícil;

que, pero no obstante en la primera estructura político-administrativa del Estado, EL MUNICIPIO, se ha comenzado a resolver el problema del tratamiento de los residuos, y no son pocos, de lo que es dable concluir que en esta materia, a pesar de las dificultades, se puede hacer mucho;

que, ahora bien, nadie puede pretender darle solución integral a este asunto en términos inmediatos, ni siquiera mediatos, por lo que es aconsejable encararlo bajo la forma de un proceso que vaya efectivamente revirtiendo la situación hasta modificarla totalmente;

que, en función de ello, entendemos esencial comenzar por la formación de una conciencia ecológica, y la mejor forma de hacerlo es a través de las escuelas, de ahí la decisión del Gobierno Municipal de otorgarle a la Escuela de Educación Técnica Nº1, General Savio un Horno de Reciclado de envases de aluminio, como primer eslabón de esta estrategia gradual;

que, desde el ámbito legislativo debemos crear el marco legal que garantice y establezca las pautas para un eficaz aprovechamiento de este horno, fijándolas con claridad y precisión para que la gente observe determinadas conductas, de terminados hábitos con respecto a la clasificación de los residuos domiciliarios e industriales, de manera tal que la finalidad que se persigue con la compra de la máquina en cuestión se cumpla; y

CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 22 de julio del año 1996, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Salud Pública, Ecología y Media Ambiente que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: El Departamento Ejecutivo estará obligado a recoger de los lateros las latas de aluminio depositados en ellos y trasladarlas hasta la ESCUELA DE EDUCACION TECNICA Nº1,
GENERAL SAVIO.-

ARTICULO 2º: Al efecto de dar cumplimiento al artículo anterior facúltase al Departamento Ejecutivo a designar los lugares de localización de los lateros y la cantidad a colocar.-

ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo podrá convocar a empresas, comercios e instituciones del partido de Saladillo para que mediante una contribución, colaboren a solventar los costos de compra o construcción y colocación de los lateros, retribuyéndolos en compensación con el estampado y/o grabado y/o pintado de una publicidad.-

ARTICULO 4º: El Departamento Ejecutivo deberá invitar a todos los establecimientos educativos del partido de Saladillo a sumarse a la tarea de recolección de latas, para que la lleven a cabo en el ámbito de ellos.-

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintidos días del mes de julio del año mil novecientos noventa y seis.-

ORDENANZA Nº32/96.-
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