VISTO el expediente nº 139/97, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 994/97, a través del cual eleva proyecto de Ordenanza solicitando autorización a celebrar los convenios con el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, en el marco del Plan Trienal 97, 98 y 99 – I Etapa;

que, en una Primera Etapa se ha destinado la suma de $ 500.000 (pesos quinientos mil) para realizar obras en cada Municipio;

que, dichas obras se realizarán por el sistema de Administración;

que, es imprescindible la construcción de un edificio para el funcionamiento del Centro Educativo Complementario Nº 1, de la ciudad de Saladillo;

que, el Municipio de Saladillo dispone del correspondiente proyecto para ejecutar este emprendimiento; y

CONSIDERANDO que en la Novena Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 11 de agosto de 1997, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja sancionar el proyecto de Ordenanza en cuestión;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar los respectivos convenios con el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires en el marco del Plan Trienal 97, 98 y 99 – I Etapa, por la suma de $ 500.000 (pesos quinientos mil), destinado a la siguiente obra:

“Construcción Edificio Centro Educativo Complementario Nº 801, en la ciudad de Saladillo – $ 500.000”.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los once días del mes de agosto de mil novecientos noventa y siete.-

ORDENANZA Nº 32/97.-

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