VISTO el expediente nº 163/09, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente nº 3296/09, que eleva proyecto de Ordenanza donando a la Dirección de Escuelas General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, un lote de terreno, con el cargo de ser destinado para la construcción y funcionamiento de una E.S.B. en nuestra ciudad;
que, la necesidad de que el distrito de Saladillo cuente con una nueva Escuela Secundaria Básica;
que, la firme voluntad del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Saladillo con el fin de ayudar a la concreción de dicha iniciativa;
que, dicho servicio educativo ha sido considerado prioritario por la Unidad Educativa de Gestión Distrital (U.E.G.D.) de Saladillo durante los años 2008 y 2009, comprometiéndose a su construcción el propio Director General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, Profesor Mario Oporto, en la reunión que mantuvieran el citado funcionario provincial con el Intendente Municipal el día 7 de octubre de 2008 en la ciudad de La Plata;
que, el Municipio cuenta con un lote de terreno cercano a donde actualmente se encuentra la Escuela Nº 26, lugar que la autoridad escolar provincial considera correcta para la instalación del nuevo servicio educativo;
que, es indudable la necesidad que sufre nuestra ciudad por no contar con la suficiente cantidad de plazas para estudios secundarios, lo que repercute en la calidad de la educación impartida, por lo que se torna urgente la construcción de un nuevo establecimiento educativo;
que, asimismo dicha parcela cuenta con la superficie requerida para la construcción de la infraestructura adecuada para dicho objeto;
que, asimismo en el presente expediente se agregan los antecedentes necesarios para la transmisión de la propiedad del bien en cuestión; y
CONSIDERANDO que en la Décima Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 25 de agosto de 2009, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que recomienda sancionar la Ordenanza en los términos propuestos por el Departamento Ejecutivo;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Dónese a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires un lote de terreno, propiedad de la Municipalidad de Saladillo, cuyos datos catastrales son los siguientes: Circunscripción I, Sección H, Chacra 206, Parcela 5-a, Matrícula 13.520, de esta ciudad; con el cargo de ser destinado para la construcción y funcionamiento de una Escuela Secundaria Básica para el distrito de Saladillo.-
ARTICULO 2º: La presente donación se realiza con el cargo de afectación de dicho inmueble a la actividad referida en el artículo anterior, otorgándose un plazo máximo de tres (3) años contados a partir de la promulgación de la presente para su realización.- Cumplido dicho plazo y de no cumplirse el cargo, el dominio del mismo quedará retrotraído de pleno derecho a favor de la Municipalidad de Saladillo sin necesidad de interpelación extrajudicial o judicial alguna.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinticinco días del mes de agosto del año dos mil nueve.-
ORDENANZA Nº 32/09.-