VISTO lo solicitado por el Departamento Ejecutivo según nota de la Sociedad Bomberos Voluntarios de Saladillo, sobre un subsidio mensual equivalente al valor de 100 litros de nafta común; y

CONSIDERANDO el informe de la División Contaduría sobre la imputación del gasto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Otórgase un subsidio mensual a la Sociedad Bomberos Voluntarios de Saladillo, el que será equivalente al valor de 100 litros de nafta común.-

ARTICULO 2º: Cuando se lo requiera, la Entidad beneficiaria deberá rendir cuentas del destino de los fondos que por esta Ordenanza se le asignen.-

ARTICULO 3º: La erogación que demande esta norma ser imputada a Finalidades I – Item 1 – Administración General – Partida 3.1. Subsidios a Entidades del Sector Público.-

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dieciocho días del mes de abril de mil novecientos ochenta y cuatro.-

ORDENANZA Nº 34/84.-

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