VISTO lo solicitado por el Departamento Ejecutivo con referencia a obras necesarias de ser ejecutadas, en el Canal Nº17, conocido también como “Canal de la Cordobeza” del Partido de Saladillo; y
CONSIDERANDO lo informado por la Dirección Provincial de Hidráulica, Departamento Distrito IV; lo dictaminado por la División Contaduría de la Municipalidad de Saladillo en cuanto a la imputación de los gastos y los fundamentos expuestos por el Departamento Ejecutivo;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a firmar convenio con la Dirección Provincial de Hidráulica dependiente del Ministerio de Obras Públicas de la Provincia de Buenos Aires de acuerdo al modelo de Convenio que se adjunta y que forma parte de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 2º: Los gastos que demande la atención del convenio a suscribirse deberá imputarse con cargo a la Partida 2.5.2. Erogaciones de Capital – Trabajos Públicos -7- Obras Varias.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dieciocho días del mes de abril de mil novecientos ochenta y cuatro.-
ORDENANZA Nº35/84.-