VISTO el expediente nº 169/96, iniciado por el Concejal José Luis Salomón -U.C.R.-, mediante el cual eleva proyecto de Ordenanza estableciendo una reserva de un ancho de cinco metros (5 mts.) para senda de cruce peatonal en el Palacio Municipal y en el Edificio de Concentración de Oficinas Públicas (E.C.O.P.);
que, en nuestra ciudad existen lugares públicos, donde la concentración de las oficinas administrativas, provoca una importante presencia de vecinos que se trasladan periodicamente a esos edificios a realizar sus trámites;
que, resulta necesario preservar la seguridad de los peatones que asisten a esos lugares públicos como el caso particular del Palacio Municipal y el Edificio de Concentración de Oficinas Públicas;
que, los inconvenientes para el peatón se originan en la dificultad del cruce de las calles o avenidas;
que, el cruce ordenado de los peatones favorece también a los conductores de los vehículos que pueden advertir el peligro con debida anticipación;
que, se requiere establecer sectores específicos para sendas de cruce peatonal; y
CONSIDERANDO que en la Novena Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 12 de agosto del año 1996, el Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el mencionado proyecto de Ordenanza;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Establécese una reserva de un ancho de cinco metros (5 mts.) para senda de cruce peatonal en los siguientes lugares:
Palacio Municipal: sobre avenida San Martín en dirección a la puerta de entrada principal.-
Edificio Concentrador de Oficinas Públicas: sobre calle Sarmiento en Dirección a la puerta de entrada principal, o donde las condiciones edilicias así lo permitan.-
ARTICULO 2º: Prohíbase el estacionamiento vehicular en los sectores establecidos para sendas de cruce peatonal, adecuando la señalización vial para tal fin.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los doce días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y seis.-
ORDENANZA Nº 36/96.-