VISTO los aumentos de tarifas eléctricas aprobadas por el Departamento Ejecutivo, según Decretos nº67/85; 113/85; 159/85 y 213/85, correspondiente a los meses de febrero, marzo, abril y mayo de 1985, respectivamente; y
CONSIDERANDO las gestiones efectuadas ante D.E.B.A. para mejor control técnico y el Informe del Sr. Contador Municipal, que dichos incrementos guardan relación con los aplicados por la provisión de energía a la Empresa prestataria del servicio;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Ratifícanse las tarifas aplicadas por la Cooperativa Eléctrica y otros Servicios Públicos de Saladillo Limitada, que autoriza al Departamento Ejecutivo, ad-referendum de este Cuerpo, correspondientes a los meses de febrero, marzo, abril y mayo de 1985, de acuerdo a Decretos nº67/85; 113/85; 159/85 y 213/85, respectivamente.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecisiete días del mes de junio de mil novecientos ochenta y cinco.-
ORDENANZA Nº39/85.-