VISTO el expediente nº12/97, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº120/97 a través del cual se informa que se ha suscripto un Convenio entre la Dirección Provincial de Hidráulica y la Municipalidad de Saladillo por el cual se conviene la realización por parte de ese organismo provincial de un proyecto para la Obra de Desagües Pluviales Urbanos sobre la Avenida Ibañez Frocham – III Etapa;

que, en reiteradas oportunidades todos los sectores representativos de la comunidad saladillense han propuesto la realización de una obra que solucione el problema de las inundaciones del denominado Barrio 31 de Julio;

que, en reiteradas ocasiones, destacados vecinos han propuesto distintas alternativas al problema que ocasiona a un importante sector urbanizado;

que, para ello, es necesario contar con un proyecto técnico que defina los alcances de la obra a realizarse; y

CONSIDERANDO que en la Sesión Extraordinaria realizada el día 17 de febrero de 1997, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja sancionar el proyecto de Ordenanza y solicita por la presente que se afecte el costo del Convenio al Fondo de Obras Públicas;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Ratifícase el Convenio suscripto entre la Dirección Provincial de Hidráulica y la Municipalidad de Saladillo, que como Anexo I forma parte de la presente.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecisiete días del mes de febrero de mil novecientos noventa y siete.-

ORDENANZA Nº4/97.-
ANEXO I

CONVENIO DE PROYECTO EJECUTIVO ENTRE LA DIRECCION PROVINCIAL DE HIDRAULICA Y LA MUNICIPALIDAD DE SALADILLO.-

Entre la Dirección Provincial de Hidráulica, dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, que se designará en adelante “La Dirección”, representada en este acto por su Director Operativo Ing. Oscar Valentín LICO, por una parte y la Municipalidad de Saladillo, que se designará en adelante “La Municipalidad”, representada en este acto por su Intendente Municipal, Don Carlos Antonio GOROSITO por la otra parte se celebra el presente Convenio de Proyecto Ejecutivo.-

ARTICULO 1º: Este Convenio regirá la forma y condiciones en que se ejecutará el Proyecto Ejecutivo de la obra que se denominará “Desagües Pluviales Urbanos Avenida Frocham – 3era. Etapa”.-

ARTICULO 2º: El proyecto consistirá en el diseño de los Desagües Pluviales de la zona urbana y suburbana de la ciudad de Saladillo que comprende el Barrio de “La 31”, el Barrio “La Bloquera”, “El Barrio de las 272 viviendas” y “El Barrio de la Escuela Nº3”.-

ARTICULO 3º: En forma previa a la iniciación de las tareas comprometidas en el presente convenio, “La Municipalidad” deberá entregar en forma de planos o informes la siguiente documentación:

a) Los proyectos que se cuenten en la zona de estudio.

b) La información de eventuales cruces con gasoductos, electroductos, red vial municipal existentes, y todo detalle de servicios en el Area en estudio que posea instalaciones subterráneas o superficiales y que sea de posesión del mismo e interés para la ejecución del trabajo.

ARTICULO 4º: “La Dirección” proveerá del estudio de la obra afectando a tal fin, una Comisión de Campaña compuesta por seis (6) personas y una Comisión de Proyecto constituída por Profesionales y Técnicos compuesta por seis (6) personas.- Este personal desarrollará el proyecto mencionado.-

ARTICULO 5º: Se fija para la elaboración del proyecto un plazo de nueve (9) meses efectivos de labor.- “La Dirección” comunicará la fecha de inicio de tareas, la cual será posterior a la firma del Convenio.-

ARTICULO 6º: Será por cuenta de “La Municipalidad”, lo siguiente:

a) El pago de viáticos correspondientes al personal afectado por “La Dirección”, de acuerdo con el régimen Provincial vigente y cuyo monto se determinará por medio del valor actualizado al momento de la liquidación, con los valores determinados por el Poder Ejecutivo para el Personal de la Administración Central de la Provincia de Buenos Aires desde las categorías 1 a la 24.-

b) El pago de los días de viáticos (DV) y las horas extras correspondientes al personal afectado por “La Dirección”, se efectuará de acuerdo al cronograma presentado y aprobado, el cual forma parte del presente Convenio.-

c) El pago se efectivizará en forma mensual y por mes adelantado.-

El monto total del Convenio es de Pesos Cuarenta y cuatro mil novecientos sesenta y cinco con 53/100 (44.965,43), tomando el valor del día de viático y de las horas extras.-

ARTICULO 7º: En caso de paralización de los trabajos por causas atribuibles a “La Municipalidad” (son causales el incumplimiento de los pagos parciales, la no entrega de combustible y/o falta de entrega de documentación que hubiera sido solicitada en forma escrita), “La Dirección” quedará facultada para suspender el estudio sin más trámite y mediante comunicación por telegrama colacionado a tres (3) días de constatada la paralización.-

ARTICULO 8º: Cuando se produzcan causas de fuerza mayor que justifiquen una real paralización de los trabajos “La Municipalidad” deberá comunicar tal circunstancia a “La Dirección” a fin de que a exclusivo juicio de la última, disponga en consecuencia.-

ARTICULO 9º: De ser necesario introducir modificaciones en los trabajos programados, “La Municipalidad” deberá comunicar tal circunstancia a “La Dirección” con la debida anticipación a fin de aprobarlas y autorizarlas, si a juicio de ésta última es viable lo solicitado.-

ARTICULO 10º: Para la implementación de la erogaciones emergentes de lo establecido en el artículo 4º del presente Convenio, “La Municipalidad” tomará a su cargo el pago directo de los gastos de personal afectado, según liquidación que a esos efectos remitirá “La Dirección”.-

ARTICULO 11º: En prueba de conformidad con todo lo expuesto precedentemente en el articulado del presente convenio se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto a los ……. días del mes de …… de mil novecientos noventa y siete.-

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