VISTO el expediente nº 170/98, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 1263/98, mediante el cual eleva proyecto de Ordenanza solicitando contratar un préstamo con el Banco de la Provincia de Buenos Aires, para destinarlo a la realización de obras de pavimento urbano; y
CONSIDERANDO que en la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes llevada a cabo el día 9 de noviembre de 1998, el Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad la Ordenanza Preparatoria en general y por mayoría en particular;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a contratar un Préstamo con el Banco de la Provincia de Buenos Aires de hasta la suma de Pesos ochocientos mil ($ 800.000).-
ARTICULO 2º: El monto del precitado empréstito será destinado a la realización de obras de infraestructura urbana.-
ARTICULO 3º: El empréstito que se autoriza por el artículo 1º será cancelado en el término de seis (6) años, con más un interés de acuerdo a las especificaciones de la Ley 10.753, con amortización de capital en cuotas semestrales.-
ARTICULO 4º: El Departamento Ejecutivo deberá prever en futuros presupuestos créditos necesarios para atender los servicios de amortización e intereses del préstamo, hasta su cancelación.-
ARTICULO 5º: En garantía del fiel cumplimiento de los servicios anuales de la deuda, la Municipalidad declara afectados los ingresos tributarios provenientes de Coparticipaciones Fiscales sin afectación, correspondientes a Impuestos Nacionales y Provinciales.-
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los nueve días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.-
ORDENANZA Nº 40/98.-