por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Fíjase con retroactividad al 1º de mayo de 1985, para los agentes de la Administración Municipal, en conceptos de Asignaciones Familiares los siguientes valores:

1.- Cónyuge ……………………………………….. 2.89
2.- Hijo y/o menor a cargo ………………………….. 2.89
3.- Por hijo incapacitado ………………………….. 2.89
4.- Por familiar incapacitado a cargo ………………… 2.89
5.- Prenatal ………………………………………. 2.89
6.- Adicional por familia numerosa …………………… 2.89
7.- Por escolaridad primaria (Corresponda o no pago de asignación por familia numerosa) …………………………………………. 1.12
8.- Por escolaridad media y superior (corresponda o no pago de asignación por familia numerosa) ………………………………….. 1.12
9.- Por nacimiento de hijo ………………………….. 17.13
10. Por Adopción …………………………………… 17.13
11. Por matrimonio …………………………………. 17.13

Los importes de los conceptos 7) y 8) se duplicarán cuando el alumno concurra a establecimientos donde se imparta educación diferencial.-

ARTICULO 2º: El gastos que demande la erogación determinada por el artículo precedente se incluirá en las distintas partidas de Asignaciones Familiares del Presupuesto General 1985.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintisiete días del mes de junio de mil novecientos ochenta y cinco.-

ORDENANZA Nº41/85.-

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