VISTO el expediente nº117/86, por el cual la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Limitada efectúa una presentación en contestación a la nota de la Presidencia de este Honorable Cuerpo y requiriendo, además la convalidación del cuadro tarifario correspondiente a los meses de abril, mayo y junio del corriente año; y

CONSIDERANDO que aunque no se comparte los argumentos vertidos en el dictámen de la Asesoría Letrada de la entidad concesionaria; pero entendiendo que debe evitarse todo tipo de perjuicio al usuario mediante un ágil diligenciamiento de esta u otras presentaciones similares;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Apruebanse los aumentos de tarifas del servicio eléctrico aplicadas por la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios Público de Saladillo Limitada, en un todo de acuerdo a las aplicadas por DEBA que surgen de los cuadros 4-5-6 que forman parte de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 2º: Lo dispuesto en el artículo anterior queda ad-referendum de la constatación de la documentación original que deber  elevarse a este Honorable Concejo.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dieciseis días del mes de junio de mil novecientos ochenta y seis.-

ORDENANZA Nº41/86.-

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