VISTO los numerosos requerimientos de vecinos referentes a la factibilidad de instalar industrias de pequeña envergadura, dedicadas a actividades no perjudiciales o inocuas para el normal desenvolvimiento del resto de las actividades urbanas residenciales, comerciales, etc.; y

CONSIDERANDO que la Ordenanza 527/77, vigente; prohibe la instalación de nuevas Industrias, plantas de silos, secadoras y depósitos de cereales, curtiembres, barracas, etc., como así también su ampliación dentro del radio correspondiente al Area Urbana;

que, la mencionada Ordenanza no contempla ning-n tipo de discriminación o clasificación, involucrando en la definición de industria a cualquier actividad tendiente a la transformación de productos para hacerlos -tiles a la satisfacción de necesidades;

que, por lo dicho, se encuentra limitado el desarrollo de actividades industriales de pequeña envergadura y escaso grado de molestia o peligrosidad, siendo necesario proceder a clasificar las actividades para permitir su radicación en las zonas m-s aptas;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: La localización de establecimientos industriales y depósitos depender-n de dos aspectos fundamentales:

a) Grado de molestia;

b) Tamaño del emprendimiento.-

ARTICULO 2º: El grado de molestia, determinado en la clasificación de las actividades industriales y depósitos, varía de I a V, siendo estas -ltimas las de menor molestia y las determinadas con I las que por su grado de peligrosidad o efectos nocivos deben ser localizados necesariamente en la Zona Industrial o Sector Industrial Planificado.-

ARTICULO 3º: El tamaño de la actividad, tiende a caracterizar los aspectos físicos de tamaño que permita establecer su compatibilidad con las distintas  reas.- El mismo se medir- por la potencia instalada; el n-mero de personal ocupado y la superficie necesaria.-

ARTICULO 4º: CLASIFICACION DE ACTIVIDADES INDUSTRIALES Y DEPOSITOS seg-n su grado de molestia:

ACTIVIDAD GRADO DE MOLESTIA

INDUSTRIAS MANUFACTURERAS
1 – PRODUCTOS ALIMENTICIOS, BEBIDAS Y TABACOS.-
1a – FABRICACION DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS, EXCEPTO BEBIDAS.
– MATANZA DE GANADO, PREPARACION Y CONSERVACION DE CARNE Y DERIVADOS.-
Matanza de ganado, mataderos I
Preparación y conservación de carne, frigorífico I
F-brica de manteca de cerdo y otras grasas comestibles I
Matanza, preparación y conservación de conejos y caza
menor.- I
Matanza, preparación y conservación de aves.- I
Peladeros de aves.- I
Elaboración de sopas y concentrados.- I
Elaboración de fiambres, embutidos y chacinados.- I

– ELABORACION DE PRODUCTOS LACTEOS Y HELADOS.-
Fabricación de quesos y manteca.- I
Elaboración, pasteurización y homogeinización de leche II
Elaboración de leche condensada, evaporada y en polvo I
Elaboración de dulce de leche.- II
Elaboración de helados.- V

– ELABORACION Y CONSERVACION DE FRUTAS Y LEGUMBRES
Elaboración de dulces, mermeladas y jaleas, pasas y —
frutas secas.- II
Elaboración y envasado de frutas, hortalizas y legumbres II
Elaboración de jugos de frutas y verduras II
Elaboración de sopas enlatadas, encurtidos y salsas.- II
Deshidratación y congelación r pida de frutas y legumbres II

– ELABORACION DE PESCADOS, MOLUSCOS, CRUSTACEOS Y OTROS PRODUCTOS MARINOS.-
Salado, ahumado, secado, deshidratados, etc. de pescado,etc. I
Elaboración, conservación y envasado de pescado, crust-ceos,
etc. I
Fileteado y conservación en hielo de pescados, crust-ceos, –
etc. I
Elaboración de algas marinas.- I

* ELABORACION DE ACEITES Y GRASAS.-
Elaboración de aceites y grasas vegetales comestibles.- II
Elaboración de aceites y grasas animales no comestibles.- I
Elaboración de aceites y grasas vegetales no comestibles.- II
Elaboración de harinas de pescado y otros animales marinos. I
Elaboración de aceites de pescado y otros animales marinos. I

* PRODUCTOS DE MOLINERIA.-
Molienda de trigo II
Molienda de legumbres y cereales II
Elaboración de alimentos de cereales.- II
Elaboración de semillas secas de leguminosas.- II
Preparado, descascarado, pulido, etc. de arroz.- II
Molienda de yerba mate.- II

* FABRICACION DE PRODUCTOS DE PANADERIA.-
Elaboración de pan y productos de panaderías V
Elaboración de masas, alfajores y productos de pastelería V
Elaboración de galletitas y bizcochos.- III
Elaboración de pastas alimenticias frescas.- V
Elaboración de fideos y pastas alimenticias, secas.- II

* FABRICAS Y REFINERIAS DE AZUCAR.-
Elaboración y refinación de az-car de caña, ingenios.- I
Elaboración y refinación de az-car de remolacha.- II

* ELABORACION DE CACAO, PRODUCTOS DE CHOCOLATE Y ARTICULOS DE CONFITERIA.-
Elaboración de cacao y chocolate.- II
Elaboración de bombones y productos similares II
Elaboración de caramelos y productos similares de confitería II

* ELABORACION DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIVERSOS.-
Elaboración de hielo natural.- II
Refinación y molienda de sal.- I
Desecación, separación y congelación de claras y yemas de –
huevos.- II
Elaboración de concentrados de cafe, te y mate.- II
Tostado y torrado y molienda de cafe.- I
Elaboración de especies.- I
Preparación de hojas de te y elaboración de te.- I

* ELABORACION DE ALIMENTOS PREPARADOS PARA ANIMALES.-
Elaboración de alimentos preparados para animales.- I
Elaboración de alimentos preparados para perros.- I

1b – INDUSTRIAS DE BEBIDAS.-
* DESTILACION, RECTIFICACION Y MEZCLA DE BEBIDAS ESPIRITUOSAS.
Destilación de alcohol etílico.- I
Destilación, rectificación y mezcla de bebidas espirituosas I

* INDUSTRIAS VINICOLAS.-
Elaboración de vinos.- I
Elaboración de vinagre.- I
Elaboración de sidra.- I

* BEBIDAS MALTEADAS, CERVEZA Y MALTA.-
Elaboración de malta.- I
Elaboración de cerveza y bebidas malteadas.- I

* INDUSTRIAS DE BEBIDAS NO ALCOHOLICAS Y AGUAS GASEOSAS.-
Elaboración de aguas naturales y minerales, embotellado en la
fuente.- I
Elaboración de soda.- IV
Elaboración de bebidas no alcohólicas.- II
Elaboración de extractos concentrados y jarabes.- II

1c – INDUSTRIA DEL TABACO.-
Preparación de hojas de tabaco.- I
Elaboración de cigarrillos.- II
Elaboración de otros productos del tabaco.- II

2 – TEXTILES, PRENDAS DE VESTIR E INDUSTRIA DEL CUERO.-

2a – FABRICACION DE TEXTILES.-
* HILADO, TEJIDO Y ACABADO DE TEXTILES.-
Preparación de fibras de algodón I
Preparación de otras fibras textiles vegetales II
Lavaderos de lana.- I
Hilandería de lana.- I*
Hilandería de algodón I*
Hilandería de otras fibras textiles I*
Acabado de fibras textiles, excepto tejidos de punto I*
Teñido de fibras textiles.- I
Tejeduría de lana.- III
Tejeduría de algodón.- III
Tejeduría de seda.- III
Tejeduría de fibras sintéticas.- III
Tejeduría de otras fibras textiles.- III
Tejido de fieltro III
Fabricación de productos de tejeduría de NCEOP II

* ARTICULOS CONFECCIONADOS DE MATERIALES TEXTILES, EXCEPTO PRENDAS DE VESTIR.-
Confección de ropa de cama y mantel.- V
Confección y reparación de bolsas.- III
Confección de artículos de lana y suced-neos de lana.- IV
Confección de frazadas, mantas, ponchos.- IV
Confección de cortinas de tapicería de colgar.- III
Otros artículos confeccionados de materiales textiles, ex–
cepto prendas de vestir.- II

FABRICAS DE TEJIDO DE PUNTO.-
Fabricación de medias.- III
Acabado de tejidos de punto V
Fabricación de tejidos y artículos de punto.- IV

FABRICACION DE ALFOMBRAS Y TAPICES.-
Fabricación de alfombras y tapices.- III

CORDELERIA
Fabricación de cordeles y pasaman.- III

FABRICACION DE TEXTILES NO CLASIFICADOS EN OTRA PARTE
Fabricación de linóleo.- I
Fabricación de textiles NCEOP I

2b – CONFECCION DE PRENDAS DE VESTIR EXCEPTO CALZADO
* Confección de prendas de vestir, excepto calzado.-
Confección de camisas y ropa interior.- IV
Confección de prendas de vestir IV
Confección de sombreros.- IV
Confección de prendas de vestir de piel y suced-neos.- IV
Confección de prendas de vestir de cuero y suced-neos.- IV
Confección de impermeables y pilotos.- IV
Confección de accesorios para vestir.- IV
Confección de uniformes y sus accesorios.- IV
Confección de otras prendas especiales para vestir.- IV

2c – INDUSTRIA Y PRODUCTOS DE CUERO Y SUCEDANEOS DE CUERO Y PIELES
* CURTIDURIAS Y TALLERES DE ACABADO.-
Saladeros y peladeros de cuero.- I
Curtiembres y talleres de acabado.- I
Talleres de reparación de pieles.- I

* INDUSTRIAS DE LA PREPARACION Y TEÑIDO DE PIELES.-
Preparación y teñido de pieles.- I
Confección de artículos de piel excluido vestimenta.- IV

* FABRICACION DE PRODUCTOS DE CUERO Y SUCEDANEOS, EXCEPTO CALZADO Y PRENDAS DE VESTIR.-
Fabricación de bolsas y valijas de cuero y suced-neos.- III
Fabricación de carteras para mujer.- IV
Fabricación de sillas de montar y arneses.- III
Fabricación de artículos de cuero y suced-neos, talabarte–
ría. III

2d – FABRICACION DE CALZADO, EXCEPTO DE CAUCHO VULCANIZADO O MOLDEADO O PLASTICO.-
* Fabricación de calzado excepto de caucho y pl-stico.-
Fabricación de calzado de cuero.- III
Fabricación de calzado de tela.- III

3 INDUSTRIA DE LA MADERA Y PROPIEDADES DE LA MADERA INCLUIDO MUEBLES.-
3a – INDUSTRIA DE LA MADERA Y PROPIEDADES DE LA MADERA Y DE CORCHO.-
* ASERRADEROS, ACEPILLADURA Y OTROS TALLERES PARA TRABAJAR MADERA.-
Aserraderos y talleres para preparar madera.- I
Carpintería de obra de madera, puertas, ventanas, etc.- III
Carpintería en general.- II
Fabricación de viviendas prefabricadas de madera.- II
Fabricación y preparación de maderas terciadas y aglomeradas I

* FABRICACION DE ENVASES DE MADERA Y ARTICULOS DE CESTERIA.-
Fabricación de envases y embalajes de madera.- III
Fabricación de artículos de caña y mimbre.- IV

* FABRICACION DE PRODUCTOS DE MADERA Y CORCHO NO CLASIFICADOS EN OTRA PARTE.-
Fabricación de productos de corcho.- III
Fabricación de esteras y alfombras de corcho.- III
Fabricación de ata-des.- III
Tornería de madera.- III
Fabricación de marcos para cuadros y espejos.- III
Fabricación de calzado de madera.- III
Fabricación de productos de madera NCEOP.- II

3b – FABRICACION DE MUEBLES Y ACCESORIOS, EXCEPTO METALICOS.-
* FABRICACION DE MUEBLES Y ACCESORIOS, EXCEPTO METALICOS.-
Fabricación de muebles, excepto met-licos y pl-stico mol-
deado.- III
Fabricación de escaleras, perchas, suecos y otros acceso-
rios.- III
Fabricación de colchones.- III

4 FABRICACION DE PAPEL Y PRODUCTOS DE PAPEL IMPRENTAS Y EDITORIALES.-
4a – FABRICACION DE PAPEL Y PRODUCTOS DE PAPEL.-
* FABRICACION DE PASTA PARA PAPEL.-
Fabricación de pasta para papel.- I
Fabricación de pulpa de madera.- I
Fabricación de papel y cartón.- I

* FABRICACION DE ENVASES DE PAPEL Y CARTON.-
Fabricación de envases de papel.- IV
Fabricación de envases de cartón.- IV

* FABRICACION DE ARTICULOS DE PULPA, PAPEL Y CARTÓN NO CLASIFICADOS EN OTRA PARTE.-
Fabricación de artículos de pulpa de madera.- II
Fabricación de artículos de papel.- II
Fabricación de artículos de cartón.- II

4b – IMPRENTAS, EDITORIALES E INDUSTRIAS CONEXAS.-
* IMPRENTAS, EDITORIALES E INDUSTRIAS CONEXAS.-
Impresión de diarios.- II
Impresión de revistas.- II
Impresión y encuadernación de libros IV
Imprenta en general IV
Talleres de encuadernación.- IV
Editoriales.- III
Electrotipia y servicios relacionados con la imprenta III

5 FABRICACION DE SUSTANCIAS QUIMICAS Y DE PRODUCTOS QUÍMICOS DERIVADOS DEL PETROLEO Y DEL CARBON, CAUCHO Y PLASTICO.-
5a – FABRICACION DE SUSTANCIAS QUIMICAS INDUSTRIALES.-
* FABRICACION DE SUSTANCIAS QUIMICAS INDUSTRIALES, BASICAS EXCEPTO ABONOS.-
Destilación de alcoholes excepto etílico.- I*
Fabricación de gases comprimidos y lic. I*
Fabricación de tanino y curtientes de todo tipo.- I*
Fabricación de bisulfuro de carbono, fósforo, yodo y bromo I*
Fabricación de -cido sulf-rico fósforico y nítrico.- I*
Fabricación de arseniatos de Pb. y Ca. y sulfuro de cobre PPT
y BHC I*
Fabricación de sustancias químicas para la fusión y fisión —
atómica.- I*
Fabricación de hielo seco.- I

* FABRICACION DE ABONOS, FERTILIZANTES Y PLAGUICIDAS.-
Fabricación de abonos fertilizantes.- I*
Fabricación de plaguicidas.- I*

* FABRICACION DE RESINAS SINTETICAS, MATERIAS PLASTICAS Y FIBRAS ARTIFICIALES EXPT. VIDRIO.-
Fabricación de resinas y cauchos sintéticos.- I
Fabricación de materiales pl-sticos.- I
Fabricación de fibras artificiales y sintéticas.- I

5b – FABRICACION DE OTROS PRODUCTOS QUIMICOS.-
* FABRICACION DE PINTURAS, BARNICES Y LACAS.-
Fabricación de pinturas, barnices y lacas sintéticos o al – –
aceite.- I*
Fabricación de pinturas al agua.- I

* FABRICACION DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICAMENTOS.-
Fabricación de medicamentos y productos farmacéuticos.- I
Fabricación de sueros y vacunas I
Fabricación de medicamentos de uso veterinario I

* FABRICACION DE JABONES Y PREPARADOS DE LIMPIEZA, PERFUMES, COSMETICOS Y PRODUCTOS DE TOCADOR.-
Fabricación de jabones y detergentes.- I
Fabricación de preparados para limpieza, pulido y saneamiento I
Fabricación de jabones y otros productos de higiene y tocador I
Fabricación de cosméticos.- I
Fabricación de perfumes.- I

* FABRICACION DE PRODUCTOS QUIMICOS NCEOP.-
Fabricación de tintas y negro de humo.- I
Fabricación de fósforos.- I
Fabricación de artículos pirotécnicos.- I*
Fabricación de ceras, velas y desodorizantes.- I
Fabricación de colas, adhesivos y cementos.- I
Fabricación de productos químicos para fotografía, papeles y
telas sensibles.- I
Fabricación de explosivos y municiones.- I*
Fabricación de productos químicos NCEOP.- I

6 REFINERIAS DE PETROLEO.-
* REFINERIAS DE PETROLEO.-
Refinerías de petróleo.- I*

6a – FABRICACION DE PRODUCTOS DIVERSOS DERIVADOS DEL PETROLEO Y DEL CARBON.-
* FABRICACION DE PRODUCTOS DIVERSOS DERIVADOS DEL PETROLEO Y DEL CARBON.-
Fabricación de productos derivados del petróleo.- I
Recuperación de productos derivados del petróleo.- I*
Fabricación de productos derivados del carbón.- I
Fabricación de coque.- I

6b – FABRICACION DE PRODUCTOS DE CAUCHO.-
Fabricación de c-maras y cubiertas para vehículos y aeronaves. I
Recauchutaje de cubiertas.- II
Vulcanización de cubiertas en talleres.- II
Fabricación de productos de caucho para la industria automo-
triz.- II

* FABRICACION DE PRODUCTOS DE CAUCHO NCEOP.-
Fabricación de calzado de caucho.- I
Recuperación, regeneración, elaboración de caucho natural I
Fabricación de guantes, esteras, esponjas, y otros de – –
caucho.- II
Fabricación de artículos de caucho para deporte y atletismo III

6c – FABRICACION DE PRODUCTOS PLASTICOS NCEOP.-
* FABRICACION DE PRODUCTOS PLASTICOS NCEOP.-
Fabricación de envases de pl-sticos.- II
Vajilla, servilletas de mesa y cocina de pl-stico.- II
Muebles de material pl-stico.- II
Fabricación de esteras y alfombras de pl-stico.- II
Fabricación de calzado de pl-stico.- II
Otros artículos y repuestos de pl-stico.- II

7 FABRICACION DE PRODUCTOS MINERALES NO METALICOS EXCEPTUANDO
LOS DERIVADOS DEL PETROLEO Y DEL CARBON.-
7a – FABRICACION DE OBJETOS DE BARRO, LOZA Y PORCELANA.-
* FABRICACION DE OBJETOS DE BARRO, LOZA Y PORCELANA.-
Fabricación de objetos cer-micos para uso domestico.- II
Fabricación de objetos cer-micos para uso industrial y
laboratorios II
Fabricación de artículos eléctricos de porcelana..- II
Fabricación de artefactos sanitarios cer-micos.- II
Fabricación de artículos de fontanería, artística.- II

7b – FABRICACION DE VIDRIO Y PRODUCTOS DE VIDRIO.-
* FABRICACION DE VIDRIO Y PRODUCTOS DE VIDRIO.-
Fabricación de vidrios y cristales.- I
Fabricación de fibra de vidrio.- I
Fabricación de envases de vidrio.- II
Fabricación de cristalería de mesa y uso domestico.- I
Fabricación de objetos de arte y accesorios de vidrio y – –
cristal.- I
Fabricación de artículos eléctricos de vidrio.- I
Fabricación de espejos.- IV
Fabricación de vitraux.- IV

7c – FABRICACION DE OTROS PRODUCTOS MINERALES NO METALICOS.-
* FABRICACION DE PRODUCTOS DE ARCILLA PARA LA CONSTRUCCION.-
Fabricación de ladrillos comunes.- I
Fabricación de ladrillos de m-quinas.- I
Fabricación de revestimientos cer-micos para pisos y paredes I
Fabricación de material refractario.- I

* ELABORACION DE CEMENTO, CAL Y YESO.-
Elaboración de cemento.- I*
Elaboración de cal.- I*
Elaboración de yeso.- I*

* FABRICACION DE PRODUCTOS DE MINERALES NO METALICOS NCEOP.-
Fabricación de artículos de cemento y fibrocemento.- I
Fabricación de elementos de construcción y viviendas premol-
deadas.- I
Fabricación de revestimientos para pisos y paredes a base de
cemento.- II
Elaboración de m-rmol y granito.- II
Trituración y molienda de tierras, rocas y minerales.- I
Extracción y preparación de turba.- I
Hilado y tejido de asbestos.- II
Fabricación de productos minerales no met-licos NCEOP.- I

8 – INDUSTRIAS METALICAS BASICAS DE HIERRO Y ACERO.-
INDUSTRIAS BASICAS DE HIERRO Y ACERO.-
Fundición de hierro y acero en altos hornos.- I
Fundición de hierro y acero en talleres.- I
Laminación en caliente de techos, planchas, barras, etc.- I
Laminación y estirado de chapas, cintas, l minas, tubos, etc.- I
Prensado y estampado de piezas.- I
Torneado y montado de piezas.- III

9 – INDUSTRIAS BASICAS DE METALES NO FERROSOS.-
* INDUSTRIAS BASICAS DE METALES NO FERROSOS.-
Fundición, aleación, refinación de metales no ferrosos.- I
Fundición, aleación, refinación de metales no ferrosos en ta-
lleres.- I
Laminación, estirado de planchas, l minas, cintas, tubos, etc. I
Prensado y estampado de metales no ferrosos.- I
Torneado y montado de piezas de metales no ferrosos.- I

10 – FABRICACION DE PRODUCTOS METALICOS, MAQUINARIA Y EQUIPO.-
FABRICACION DE PRODUCTOS METALICOS, EXCEPTUANDO MAQUINA Y EQUIPO.-
* FABRICACION DE CUCHILLERIA, HERRAMIENTAS MANUALES Y ARTICULOS DE FERRETERIA.-
Fabricación de cuchillería, vajillas y baterías de cocina de –
acero inoxidable.- II
Fabricación de cuchillería, vajillas y baterías de cocina de –
metal no ferrosos.- II
Fabricación de herramientas manuales para campo y jardín, – –
sierras de mano.- II
Fabricación de herramientas manuales para plomero y mac-nico II
Fabricación de artículos para ferretería, cerrajería, etc. III
Herrerías.- II

* FABRICACION DE MUEBLES Y ACCESORIOS PRINCIPALMENTE METALICOS.-
Fabricación de muebles principalmente met-licos.- II
Reforma y reparación de muebles met-licos.- II
Fabricación de accesorios principalmente met-licos.- III
Reforma y reparación de accesorios met-licos.- III

* FABRICACION DE PRODUCTOS METALICOS ESTRUCTURALES.-
Fabricación de tanques y depósitos met-licos.- II
Fabricación de estructuras met-licas para la construcción II
Fabricación generadores de vapor y equipos conexos.- II
Fabricación de productos de carpintería met-lica excluido
dobladora.- III

* FABRICACION DE PRODUCTOS METALICOS NCEOP, EXCEPTO MAQUINAS Y EQUIPOS.-
Fabricación de clavos y productos de bulonería.- II
Fabricación de envases de hojalata.- II
Fabricación de tambores, toneles, cubos y “containers” –
met-licos.- II
Fabricación de cajas fuertes, c-maras de seguridad.- III
Fabricación de hornos, estufas y calefactores industriales
no eléctricos.- II
Fabricación de cocinas, calefones y calefactores no eléctri-
cos.- II
Fabricación de alambre y tejido de alambre.- II
Tornería met-lica y estampado de metales (no piezas).- II
Matricería met-lica.- II
Fabricación de artefactos para iluminación no eléctricos.- III
Fabricación de tornillos, tuercas, arandelas, remaches y –
tubos plegables.- II
Galvanoplastía.- II
Esmaltado, enchapado, lacado de artículos met-licos.- II
Fundición de tipos de imprenta.- II

11 – CONSTRUCCION DE MAQUINARIA EXCEPTUANDO LA ELECTRICA.-
* CONSTRUCCION Y REPARACION DE MOTORES Y TURBINAS.-
Construcción de motores y turbinas no eléctricos.- I
Reparación de motores y turbinas, no eléctricos.- I

* CONSTRUCCION Y REPARACION DE MAQUINARIA Y EQUIPO PARA AGRICULTURA.-
Construcción de maquinaria y equipo para agricultura.- II
Reparación de maquinaria y equipo para agricultura.- II

* CONSTRUCCION DE MAQUINARIA PARA TRABAJAR LOS METALES Y LA MADERA.-
Construcción de maquinaria para trabajar los metales y made-
ra.- II
Reparación de maquinaria para trabajar los metales y madera II

* CONSTRUCCION DE MAQUINARIAS Y EQUIPOS ESPECIALES PARA LAS INDUSTRIAS EXCEPTO PARA METALES Y MADERA.-
Fabricación de maquinaria y equipo para la construcción.- II
Reparación de maquinarias y equipo para la construcción II
Fabricación de maquinarias y equipo para la industria minera
y petrolera.- II
Reparación de maquinarias y equipo para la industria minera
y petrolera.- II
Fabricación de maquinaria para elaboración y envase de pro–
ductos alimenticios.- II
Reparación de maquinaria para la elaboración y envase de pro-
ductos alimenticios.- II
Fabricación de maquinaria y equipo para la industria textil.- II
Reparación de maquinaria y equipo para la industria textil.- II
Fabricación de maquinaria y equipo para las industrias del –
papel y gr-ficas.- II
Reparación de maquinaria y equipo para las industrias del pa-
pel y gr-ficas.- II

* CONSTRUCCION DE MAQUINAS DE OFICINA, CALCULO Y CONTABILIDAD.-
Construcción de m quinas de oficina, c-lculo y contabilidad. II
Reparación de maquinarias de oficina, c-lculo y contabilidad V
F-brica de b-sculas y balanzas.- II
Reparación de b-sculas y balanzas.- II

* CONSTRUCCION DE MAQUINAS Y EQUIPOS NCEOP. EXCEPTO MAQUINAS ELECTRICAS.-
Fabricación de ascensores, transportadores y similares no –
eléctricos.- II
Reparación de ascensores, transportadores y similares no –
eléctricos.- II
Fabricación de heladeras, lavarropas, acondicionadores de –
aire, etc.- II
Reparación de heladeras, lavarropas, acondicionadores de ai-
re, etc.- IV
Fabricación de armas port-tiles livianas.- II
Fabricación de armas port-tiles pesadas.- II
Fabricación de artillería.- II
Fabricación de maquinaria de coser y tejer familiares semiin-
dustriales.- II
Reparación de maquinaria de coser y tejer familiares semiin-
dustriales.- IV
Fabricación de cojinetes, rodillos y v-lvulas.- II
Piezas generales para maquinaria NCEOP.- V

12 – CONSTRUCCION DE MAQUINARIA, APARATOS, ACCESORIOS Y SUMINISTROS
* CONSTRUCCION, REPARACION DE MAQUINAS Y APARATOS INDUSTRIAS ELECTRICAS.-
Construcción de ascensores, transportadores y equipos electri-
cos similares.- II
Fabricación de motores, transformadores y generadores elec-
tricos.- III
Fabricación de equipo de distribución y transmisión de elec-
tricidad.- II
Reparación de ascensores, transportadores y equipos electri-
cos similares.- II
Reparación de motores, transformadores y generadores electri-
cos.- III
Reparación de equipos de distribución y transmisión de elec-
tricidad.- II
Aparatos de soldadura electrica.- III

* CONSTRUCCION DE EQUIPOS Y APARATOS DE RADIO, TV Y COMUNICACION.-
Fabricación de aparatos de radio, televisión, grabación y –
reproducción de sonido.- III
Reparación de aparatos de radio, televisión, grabación y re-
producción de sonido.- V
Fabricación y grabación de discos y cintas magnetofónicas. III
Fabricación de equipos y aparatos de comunicaciones y seña-
lización.- III
Reparación de equipos y aparatos de comunicaciones.- V
Fabricación de piezas y v-lvulas para aparatos de radio, TV
y comunicaciones y rayos.- III

* CONSTRUCCION DE APARATOS Y ACCESORIOS ELECTRICOS DE USO DOMESTICO.-
Fabricación de heladeras, acondicionadores y afines elec-
tricos de uso domestico.- II
Fabricación de lavarropas, aspiradoras, enceradoras, pu–
lidoras, etc. II
Fabricación de batidoras y licuadoras, ventiladores y ex-
tractores eléctricos.- II
Fabricación de planchas, calefactores, hornos, etc., – —
eléctricos.- II
Reparación de heladeras y acondicionadores.- IV
Reparación de lavarropas, aspiradoras, enceradoras, puli-
doras, etc.- IV
Reparación de batidoras, licuadoras, ventiladores y ex—
tractores.- IV
Reparación de planchas, calefactores, hornos, etc.- IV

* CONSTRUCCION DE APARATOS Y SUMINISTROS ELECTRICOS VARIOS NCEOP
Fabricación de acumuladores eléctricos.- III
Fabricación de pilas eléctricas.- III
Fabricación de l-mparas y tubos eléctricos.- II
Fabricación de conductores eléctricos.- II
Fabricación de aparatos eléctricos para iluminación II
Fabricación de bobinas, arranques, bujías para motores a – –
combinación interna.- II

13 – CONSTRUCCION DE MATERIAL DE TRANSPORTE.-
CONSTRUCCIONES NAVALES Y REPARACION DE BARCOS.-
Fabricación de motores y piezas para navíos.- I
Astilleros para la construcción y reparación de embarcaciones I
Desaguaderos para el desarme y desmantelamiento de embarca-
ciones.- I

* CONSTRUCCION DE EQUIPO FERROVIARIO.-
Construcción y reparación de material de tracción ferroviario. I
Construcción y reparación de material rodante ferroviario.- I

* FABRICACION DE VEHICULOS AUTOMOTORES.-
Fabricación, armado y reconstrucción de automotores.- I
Fabricación de motores para vehículos automotores.- I
Fabricación de piezas componentes de vehículos automotores.- III
Fabricación de repuestos y accesorios.- III
Fabricación y armado de carrocerías.- II
Fabricación de semiromolques.- II
Fabricación de casas rodantes.- II
Rectificación de motores.- III
Fabricación de tractores.- I
Fabricación de bicicletas, triciclos y vehículos a pedal. III
Reparación de bicicletas, etc., en talleres.- IV
Fabricación de motores, piezas y accesorios para motocicle-
tas, bicicletas, etc. II

* FABRICACION DE AERONAVES.-
Fabricación de motores y turbinas para aeronaves.- I
Fabricación de aeronaves.- I
Fabricación de planeadores sin motor.- I

* CONSTRUCCION DE MATERIAL DE TRANSPORTE NCEOP.-
Fabricación de material de transporte de tracción a sangre.- II
Fabricación de vehículos de propulsión a mano.- III
Fabricación de coches para bebes y niños.- III

14 – FABRICACION DE EQUIPO PROFESIONAL Y CIENTIFICO, INSTRUMENTOS DE MEDIDA Y CONTROL NCEOP.-
* FABRICACION DE EQUIPOS, PROFESIONALES Y CIENTIFICOS, INSTRUMENTOS DE MEDIDA Y CONTROL NCEOP.-
Fabricación y montaje de ciclotrones, betatrones y otros ace-
leradores, etc.- IV
Fabricación de cirugía general y dental, ortopedia y prótesi-
cos.- IV

* FABRICACION DE APARATOS FOTOGRAFICOS E INSTRUMENTOS DE OPTICA.
Fabricación de instrumentos de ópticas, lentes y art. oft l-
micos.- V
Fabricación de aparatos y artículos de fotografía.- V
Fabricación de aparatos y artículos para fotocopia.- V
Fabricación de materiales químicos y sensibles para fotocopia I

* FABRICACION DE RELOJES.-
Fabricación de relojes a acuerda.- V
Fabricación de relojes eléctricos.- IV
Compostura de relojes en talleres.- V

15 – OTRAS INDUSTRIAS MANUFACTURERAS.-
* FABRICACION DE JOYAS Y ARTICULOS CONEXOS.-
Fabricación de joyas.- V
Fabricación de platería y artículos chapeados.- V
Corte, tallado y pulido de piedras preciosas y similares.- V
Estampado de medallas y gravado de metales preciosos.- V

* FABRICACION DE INSTRUMENTOS DE MUSICA.-
Fabricación de pianos y órganos port-tiles mec-nicos.- IV
Fabricación de pianos, órganos y guitarras eléctricos.- IV
Fabricación de instrumentos musicales a cuerdas.- IV
Fabricación de instrumentos musicales de viento.- IV

* FABRICACION DE ARTICULOS DE DEPORTES Y ATLETISMO.-
Fabricación de artículos de deportes y atletismo.- IV
Fabricación de equipo para gimnasio y campo de juego.- IV
Fabricación de mesas de billar.- IV

* INDUSTRIAS MANUFACTURERAS DIVERSAS NCEOP.-
Fabricación de l-pices y lapiceras, bolígrafos y similares III
Fabricación de cepillos y pinceles.- IV
Fabricación de escobas.- IV
Fabricación y armado de letreros y anuncios de propaganda IV
Fabricación de paraguas y bastones.- IV
Fabricación de juguetes y juegos no de caucho y pl-stico III
Fabricación de joyas de fantasía y botones y novedades.- V
Fabricación de pelucas y redes para pelo.- V
Fabricación de pantallas para l-mparas y flores de fantasía V
Fabricación de pipas, boquillas, fichas de juego, etc.- V
Fabricación de placas de identificación, emblemas, sellos –
de metal y goma.- V

16 – ELECTRICIDAD, GAS Y AGUA – ELECTRICIDAD, GAS Y VAPOR.-
* LUZ Y FUERZA ELECTRICA.-
Generación de electricidad.- I
Transmisión de electricidad.-
Distribución de electricidad.- IV

* PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE GAS.-
Producción de gas en f-bricas.- I
Fraccionamiento y envasado de gas natural para uso domestico
o industrial.- I
Distribución de gas natural por redes.- I

SUMINISTRO DE VAPOR Y AGUA CALIENTE.-
Producción de vapor, agua caliente y fuerza motriz.- II
Distribución de vapor, agua caliente y fuerza motriz.- II

17 – OBRAS HIDRAULICAS Y SUMINISTRO DE AGUA.-
* OBRAS HIDRAULICAS Y SUMINISTRO DE AGUA.-
Captación y purificación de agua para uso domestico, indus–
trial y comercial.- II
Distribución de agua para uso domestico, industrial y comer-
cial.- IV

I* SECTOR INDUSTRIAL PLANIFICADO.-
NCEOP – ALTAMENTE TECNIFICADOS.-

############################

CLASIFICACION DE DEPOSITOS: Seg-n grado de molestia.-

1 – MINERIA.-
Combustibles sólidos I
Minerales metalíferos II
Petróleo y sus derivados.- I

2 – PESCA Y CAZA.-
Pescados y mariscos.- II
Productos de la caza (eviscerados) II

3 – AGROPECUARIA.-
Alimento para aves y ganado.- II
Aves, huevos y miel.- II
Aves vivas.- I
Cereales, oleaginosas, etc.- II
Cueros y pieles (sin tratamiento) I
Frutas y hortalizas.- III
Frutas del país.- III
Ganado en pie.- I
Lana sucia y algodón en rama.- I
Pelo y cerda sin clasificar.- I
Sub-productos ganaderos y agrícolas.- I
Tabaco en hoja.- II

4 – FORESTALES.-
Durmientes, estacas y postes.- II
Mimbre y paja.- II
Rollizos.- II

5 – ALIMENTOS Y BEBIDAS.-
Aceites.- III
Az-car.- III
Cafes, tes, yerbas y especies.- III
Carnes frescas y congeladas.- II
Cervezas y bebidas sin alcohol III
Comestibles en general.- III
Chocolate y sus productos, caramelos y otro preparados de –
az-car.- III
Embutidos, fiambre y otros preparados a base de carnes.- III
Frutas, legumbres y cereales secos y en conserva en diversas
formas.- III
Harinas y sub-productos de la molienda del trigo.- III
Manteca, crema, leche y productos similares. III
Queso.- III
Productos de la industria fideera (pastas secas).- IV
Productos de la planificación III
Vinos.- III
Bebidas alcohólicas.- III

6 – TABACOS.-
Cigarrillos.- IV.-
Cigarros, cigarritos y tabaco picado.- IV.-

7 – TEXTILES.-
Fibras textiles.- III
Hilados, hilos y lana.- IV
Tejidos.- IV

8 – CONFECCIONES.-
Artículos para bebes.- V
Bonetería (camisas, corbatas, pañuelos) V
Confecciones y tienda en general V
Mantelería y ropa de cama.- V
Medias y artículos de punto.- V
Mercerías.- V
Roperías.- V
Sombrererías.- V

9 – MADERAS.-
Leña y carbón de leña.- I
Tablas, tablones, tirantes, etc.- II

10- PAPEL Y CARTON.-
Envases de papel y cartón.- IV
Papel y cartón.- IV

11- ARTES GRAFICAS.-
Editoriales, sin imprenta.- IV
Librería y papelería.- IV
Papeles impresos para decorar.- IV
Papeles impresos para empaquetar.- IV

12- PRODUCTOS QUIMICOS, PINTURA Y BARNICES.-
Pintura y barnices.- II
Productos químicos diversos I

13- PRODUCTOS FARMACEUTICOS, DE HIGIENE Y TOCADOR.-
Drogas, especialmente medicinales.- III
Herboristería.- III
Perfume y productos de higiene y tocador.- III

14- ARTICULOS DE CAUCHO.-
Artículos de caucho para uso medicional y del hogar.- IV
Calzado de caucho.- IV
C-mara y cubiertas.- II

15- CUEROS Y PIELES CURTIDAS Y SUS MANUFACTURAS.-
Almacenes de suelas.- III
Marroquinería.- IV
Calzado de cuero.- IV
Cueros curtidos.- II
Cueros soldados, pickelados.- I
Pieles curtidas.- III
Talabarterías.- III

16- MATERIALES PARA LA CONSTRUCCION.-
Artículos, plomería, electricidad, calefacción, obras sani-
tarias, etc.- IV
Ladrillos, cemento, cal, arena, etc.- III
Piedras, m-rmol, etc.- III
Puertas, ventanas, armazones, etc. III
Vidrios y cristales.- III

17- ARTICULOS PARA EL HOGAR.-
Alcolchados y otros artículos de tapicería IV
Alfombras.- IV
Artefactos eléctricos, radios, televisores, heladeras, lava-
rropas, etc.- IV
Artículos de bazar y menaje.- IV
Artículos para limpieza.- III
Discos.- IV
M quinas de coser.- V
Muebles de hierro.- V
Muebles de madera y mimbre.- IV

18- JOYERIA, RELOJERIA Y AFINES.-
Fantasía y bisutería.- V
Joyas y piedras preciosas.- V
Platería y similares.- V
Relojes.- V

19- METALES, EXCLUIDA MAQUINARIA.-
Artefactos y artículos en general de metales no ferrosos
(cobre, bronce, aluminio, plomo, zinc, estaño, niquel, –
etc.).- II
Artículos de hierro y acero.- IV
Hierro y acero en barras, perfiles, chapas, etc.- III
Metales no ferrosos en distintas formas.- III

20- VEHICULOS Y MAQUINARIA (EXCLUIDA LA ELECTRICIDAD).-
Automotores, sus repuestos y accesorios.- III
Bicicletas y sus repuestos y accesorios.- V
Equipos y accesorios para el transporte por agua.- III
Equipos y accesorios para el transporte ferroviario.- III
Equipos y accesorios rurales (implementos agrícolas mecani-
zados) II
Equipos y aparatos científicos y de precisión (medicina, in-
geniería, etc.) V
Equipos y maquinarias para la construcción II
Maquinaria, instalaciones mec-nicas para uso en la industria
y sus repuestos y accesorios.- III
M quinas y equipos para oficinas (m quinas de escribir, cal-
cular, contabilidad), etc.- IV
Triciclos y otros vehículos a pedal (excluidas bicicletas) —
sus repuestos y accesorios.- V

21- MAQUINARIA Y APARATOS ELECTRICOS.-
Aparatos y materiales para radiofonía y sus repuestos y
accesorios.- V
Artículos y aparatos diversos para instalaciones elec–
tricas (l-mparas, fusibles, toma-corriente).- V
Cables y conductores de electricidad.- V
Motores eléctricos y sus repuestos y accesorios.- III

22- RAMOS GENERALES.-
Almacenes y proveedurías marítimas.- III
Almacenes y ramos generales.- III

23- VARIOS.-
Accesorios para farmacia, hospitales, etc.- IV
Arboles y plantas.- III
Armería sin depósitos y cartuchos, balas, etc.- IV
Armería con depósitos de cartuchos, balas, etc.- I
Artículos musicales.- IV
Artículos para deportes.- IV
Utiles para comercios, industrias y profesional IV
Cuchillería V
Desechos de hierro, acero y otros metales.- I
Desechos en general (excluidos los de hierro, acero y otros –
metales).- I
Diarios y revistas III
Envases en general I
Ferretería en general IV
Flores y semillas IV
Juguetería IV
Optica y fotografía V
Pl-sticos IV
Productos veterinarios.- III
Zapatillería.- IV

ARTICULO 5º: Cuadro de radicación de actividades industriales y depósitos,
– – – – – — seg-n la delimitación de  reas dispuesta por Ordenanza 565/78
y concordantes.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –

————————————————————————–
³ ³ GRADO DE MOLESTIA ³ ³ ³ ³
³ AREA ———————´SUPERFICIE ³ PERSONAS ³POTENCIA INSTALADA³
³ ³INDUSTRIA ³ DEPOSITO³ ³ ³ ³
————————————————————————-´
³SAU 1 ³ V ³ V ³hasta 100 m2³hasta 4 ³ 5 Hp – 3,5 Kwatt ³
³SAU 2 ³IV – V ³ IV – V ³hasta 200 m2³hasta 12 ³10 Hp – 7 Kwatt ³
³SASU ³III-IV-V ³III-IV-V ³hasta 300 m2³hasta 18 ³10 Hp – 7 Kwatt ³
³AREA COM³ ³ ³ ³ ³ ³
³PLEMENTA³I-II-III- ³I-II-III-³mayor de ³m s de 18 ³m s de 10 Hp ³
³RIA.- ³ IV ³ IV ³ 300 m2 ³ ³ 7 Kwatt ³
³ZONA IN-³ ³ ³ ³ ³ ³
³DUSTRIAL³I-II-III- ³I-II-III ³mayor de ³m s de 18 ³m s de 10 Hp ³
³SIPSA ³ IV ³ IV ³ 300 m2 ³ ³ 7 Kwatt ³
————————————————————————–

ARTICULO 6º: Declárase a los establecimientos existentes a la fecha de sanción de la presente Ordenanza y que no cumplan con las condiciones de radicación previstas en la misma. “PRECINTOS INDUSTRIALES Y/O DE ALMACENAJE”.-

ARTICULO 7º: Los precintos mencionados en el artículo 6º, deberán adoptar las medidas de control de polución, ruidos molestos, movimientos de vehículos, tareas de carga y descarga, eliminación de efluentes y residuos, limpieza de predios, control de roedores y cualquier otra disposición que tienda a asegurar niveles aceptables de calidad ambiental, quedando prohibida cualquier tipo de ampliación de la superficie existente.- Se ajustarán estrictamente a las condiciones establecidas en la ley 7229/66 y sus modificaciones.-

ARTICULO 8º: Derógase la Ordenanza 527/77.-

ARTICULO 9º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinticuatro días del mes de agosto de mil novecientos noventa y dos.-

ORDENANZA Nº44/92.-

Buscar proyecto por concejal