VISTO el expediente nº 2/96, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 160/96, por el cual eleva proyecto de Ordenanza referente a crear el Fondo Municipal de Financiamiento de la Cultura y el Deporte;
que, la necesidad de contar con los recursos suficientes para financiar programas culturales y deportivos que el Municipio está dispuesto a encarar;
que, resultaría apropiado agregar al valor de las entradas de locales habilitados como confiterías bailables un PLUS para lograr ese financiamiento; y
CONSIDERANDO que en la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes, realizada el día 1º de marzo del año 1996, el Honorable Cuerpo aprobó el proyecto de Ordenanza, con algunas modificaciones;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Créase en el ámbito del Partido de Saladillo el Fondo Municipal de Financiamiento de la Cultura, el Deporte y Prevención de las Adicciones.-
ARTICULO 2º: Dicho fondo estará compuesto por un derecho que se aplicará sobre las entradas de los locales habilitados como confiterías bailables; las que serán agentes de retención de dichos importes y que deberán integrar al Municipio en concepto de recaudación por mes vencido antes del día 5 de cada mes.- Las confiterías bailables realizarán una Declaración Jurada mensual que contendrá la cantidad de entradas vendidas mes a mes y la Municipalidad de Saladillo fiscalizará dichas declaraciones con controles que realizará en las bocas de expendio de entradas.-
ARTICULO 3º: El derecho a aplicar sobre las entradas a las confiterías se establece en la suma de un peso ( $ 1,00) por cada entrada vendida.-
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a primero del mes de marzo del año mil novecientos noventa y seis.-
ORDENANZA Nº 5/96.-