VISTO la solicitud efectuada por el Sr. Julio Cesar Armendaríz, con relación a la incorporación a su patrimonio del excedente fiscal de 9,69 metros, parcela 5-c, que implican menos del 5 % de la superficie de la parcela 5-d, propiedad del solicitante; y
CONSIDERANDO que la solicitud efectuada se halla prevista en el Decreto-Ley 9533, en su artículo 11, inciso 1º;
que, el mismo ha dado cumplimiento a lo prescripto por la Ley mencionada con la publicación de edictos acompañados y glosados a fs. 10/11 sin que se hayan formulado oposiciones;
que, tanto el dictamen de la Secretaría de Servicios y Obras Públicas, como de la Asesoría Letrada, aconsejan el otorgamiento de la propiedad de la parcela 5-c, al solicitante;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo, a formalizar la incorporación de la parcela 5-c, a la parcela 5-d, de propiedad del señor Julio Cesar Armendariz, por representar aquella, menos del 5 % de la superficie del título de dominio (Artículo 11, inciso 1º de la Ley 9533).-
ARTICULO 2º: Los gastos de escrituración, ser n por cuenta y cargo del solicitante.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los cinco días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y cinco.-
ORDENANZA Nº53/85.-