VISTO el expediente nº 166/2011, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 3476/2011, que eleva proyecto de Ordenanza donando 4 lotes de terreno al Sindicato de Salud Pública de la Provincia de Buenos Aires;
que, las tareas llevadas a cabo por el Sindicato de Salud Pública de la Provincia de Buenos Aires en pro de la defensa de los derechos y promoción de los intereses sociales, económicos y profesionales de los trabajadores de la Salud;
que, es necesario que esta organización posea, en la ciudad de Saladillo, un espacio propio donde poder llevar a cabo reuniones, charlas, capacitaciones, y demás actividades que hagan a su objeto social;
que, es política permanente de esta administración brindar apoyo a todas las instituciones intermedias que se desenvuelven en el ámbito del partido de Saladillo; y
CONSIDERANDO que en la Décima Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 23 de agosto de 2011, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que recomienda su aprobación;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Dónase al Sindicato de Salud Pública de la Provincia de Buenos Aires, la cantidad de cuatro (4) lotes de terreno cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción I; Sección H; Chacra 198; Manzana 198-w; Parcelas 12, 13, 14 y 15, ubicados en la ciudad de Saladillo e inscriptos a nombre de la Municipalidad de Saladillo.-
ARTICULO 2º: La presente donación se realiza con el cargo de afectar los terrenos cedidos a la construcción de un salón de usos múltiples para la filial que dicho sindicato posee en la ciudad de Saladillo, y en un plazo máximo de dos (2) años a partir de la fecha de la aceptación de la donación.-
ARTICULO 3º: Para el supuesto de que el donatario no concluyera las obras contempladas en el cargo impuesto en el artículo 2º, el dominio del inmueble cedido quedará retrotraído de pleno derecho a favor de la Municipalidad de Saladillo sin necesidad de interpelación extrajudicial o judicial alguna.-
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintitres días del mes de agosto del año dos mil once.-
ORDENANZA Nº 58/2011.-