VISTO el expediente nº1130 elevado por el Departamento Ejecutivo referente a la solicitud de la Cooperativa Eléctrica y Otros Servicios Públicos de Saladillo Limitada sobre aumentos de tarifas por energía eléctrica; y
CONSIDERANDO especialmente lo informado por la Comisión de Presupuesto y Hacienda;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Apruébase en general el aumento de tarifas por energía eléctrica correspondiente a la facturación que se emita a partir del 1º de julio de 1984, por la Cooperativa Eléctrica y Otros Servicios Público de Saladillo Limitada según el cuadro de tarifas adjunto a fojas 2 y que forma parte de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 2º: En particular, los aumentos por energía eléctrica solicitados serán analizados por la Asesoría Letrada y por la División Contabilidad de la Municipalidad de Saladillo a los efectos de establecer si han sido debidamente encuadrados de acuerdo con los dos componentes principales del costo (Sueldos y energía comprada) sobre la base de la documentación presentada por la Cooperativa Eléctrica y Otros Servicios Públicos de Saladillo Limitada.-
ARTICULO 3º: Si del análisis efectuado por la Asesoría Letrada y la División Contaduría de la Municipalidad de Saladillo surgiera que las tarifas por energía eléctrica hubieran sido aumentadas en exceso, ello ser debidamente tenido en cuenta para aumentos futuros a los efectos de su compensación.-
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dieciséis días del mes de julio de mil novecientos ochenta y cuatro.-
ORDENANZA Nº59/84.-