VISTO el expediente Nº190 elevado por el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Saladillo con referencia a lo solicitado por el Señor Armando Juan Maggi para que se lo autorice a instalar una fábrica de correas en la Avenida Cabral Nº3343 en la ciudad de Saladillo; y
CONSIDERANDO el informe de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Saladillo y el de nuestra Comisión de Obras Públicas y Vialidad’;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorízase a título de excepción y por el término de un año a contar desde la fecha de promulgación de la presente Ordenanza, al Señor Armando Juan Maggi a instalar una fábrica de correas que funcionar en la Avenida Cabral Nº3343 de la ciudad de Saladillo.-
ARTICULO 2º: La autorización conferida en el Artículo 1º de la presente Ordenanza no significa una violación de las reglamentaciones vigentes, ya que la estructura edilicia existente no podrá ser ampliada y/o modificada.-
ARTICULO 3º: El cumplimiento de la presente Ordenanza será supervisada por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Saladillo y cualquier violación a la misma será pasible de su inhabilitación.-
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dieciséis días del mes de julio de mil novecientos ochenta y cuatro.-
ORDENANZA Nº64/84.-