VISTO que la Ordenanza nº117/90 promulgada bajo el nº1249/90 en su articulado fija el procedimiento para la modificación del cuadro tarifario y fijación de la cuota de capitalización que debe aplicar la Cooperativa Eléctrica de Saladillo, y

CONSIDERANDO que este Honorable Concejo Deliberante culmina sus Sesiones Ordinarias el día 31 de octubre de 1990;

que, por esa circunstancia, toda solicitud de modificación de precios y/o tarifas y/o fijación de cuotas de capitalización que presente la empresa prestadora del servicio, a partir de esa fecha, hará necesaria la convocatoria y sesión de este Cuerpo en Sesión Extraordinaria;

que, ello iría en detrimento de la celeridad necesaria para expedirse en cada caso;

que, el Departamento Ejecutivo cuenta con el asesoramiento del Cuerpo de Delegados Fiscalizadora, cuyos informes han sido basamento para que este Cuerpo se expida al respecto;

que, por todo lo expuesto se hace necesario implementar un mecanismo especial y transitorio, durante el período de receso de este Honorable Cuerpo, para obviar los inconvenientes antes indicados;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a decidir sobre la aprobación o no de las solicitudes de modificación de precios y tarifas y/o fijación de cuotas de capitalización que presente la Cooperativa Eléctrica de Saladillo Limitada el período de receso del Honorable Concejo Deliberante ad-referendum del mismo.-

ARTICULO 2º: Toda decisión que por aplicación del artículo 1º adopte el Departamento Ejecutivo deberá estar previamente fundada en un dictamen de la Comisión de Delegados Fiscalizadores expedida al efecto y en un todo de acuerdo a la Ordenanza de Concesión y su Reglamento de Servicio.-

ARTICULO 3º: Derógase en todos sus términos la Ordenanza nº59/88 de este Honorable Concejo Deliberante y promulgada por el Departamento Ejecutivo bajo el nº1133/88, según Decreto nº263/88.-

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO a los veintidós días del mes de octubre de mil novecientos noventa.-

ORDENANZA Nº68/90.-

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