VISTO el expediente nº1102 elevado por el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Saladillo, con referencia a la liquidación de haberes del personal municipal para el mes de junio de 1984, con inclusión del medio aguinaldo; y

CONSIDERANDO que la liquidación precitada fue realizada ad-referendum del Honorable Concejo Deliberante de Saladillo,

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Convalídase el Decreto Nº162/84 del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Saladillo, adjunto a fojas 2 y que forma parte de la presente Ordenanza.

ARTICULO 2º: Establecese para el futuro que el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Saladillo deber  ajustarse al artículo 29º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinte días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y cuatro.

ORDENANZA Nº69/84.

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