VISTO el expediente nº1102 elevado por el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Saladillo, con referencia a la liquidación de haberes del personal municipal para el mes de junio de 1984, con inclusión del medio aguinaldo; y
CONSIDERANDO que la liquidación precitada fue realizada ad-referendum del Honorable Concejo Deliberante de Saladillo,
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Convalídase el Decreto Nº162/84 del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Saladillo, adjunto a fojas 2 y que forma parte de la presente Ordenanza.
ARTICULO 2º: Establecese para el futuro que el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Saladillo deber ajustarse al artículo 29º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinte días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y cuatro.
ORDENANZA Nº69/84.