VISTO que de las 18 viviendas construidas en la localidad de Del Carril por el Plan de Solidaridad, la mayoría carecen de muro divisorio que delimiten el terreno correspondiente a cada uno; y
CONSIDERANDO a) la conveniencia de dicha delimitación ara evitar dificultades y problemas entre los vecinos;
b) que la construcci¢n de muros de ladrillos o materiales semejantes demandan un gasto excesivo para la capacidad económica de la mayoría de las familias que las habitan;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: El Vivero Municipal de Cazón “Eduardo l. Holmberg”, entregar en carácter gratuito a cada vecino la cantidad de árboles arbustos que las autoridades de dicho Vivero estimen m s conveniente a tal fin y conforme a las existencias y adecuado para conformar un cerco.
ARTICULO 2º: La cantidad y tipo de ejemplares a entregar, mencionados en el artículo anterior, se determinan através de la consulta y orientación de un profesional en forestación, que designe el Departamento Ejecutivo.
ARTICULO 3º: Cada vecino deberá plantar y atender los árboles y arbustos correspondientes a su propiedad.
ARTICULO 4º: La Municipalidad vigilará el cumplimiento del artículo anterior.
ARTICULO 5º: Las disposiciones de la presente Ordenanza no tendrán aprobación para los vecinos que ya han construido muro divisorio.
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO a los veintiún días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y cinco.
ORDENANZA Nº75/85.