VISTO el expediente nº193/85 por el cual se solicita establecer Asignación por pre-escolaridad a los Agentes Municipales; y

CONSIDERANDO que el proyecto elevado por el Departamento Ejecutivo igual a las asignaciones vigentes a Nivel Nacional y que ese ha sido el criterio imperante hasta el presente;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Establecese con retroactividad al 1º de junio de 1985, la Asignación por pre-escolaridad, la que se abonará al trabajador cuyo hijo o hijos concurra regularmente a establecimientos donde se imparta enseñanza pre-escolar.- El monto mensual de esta asignación será similar al establecido para la Asignación por Escolaridad Primaria.

ARTICULO 2º: El gasto que demande la erogación determinada por el artículo precedente se incluirá en las distintas partidas de Asignaciones Familiares del Presupuesto General 1985.

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y cinco.

ORDENANZA Nº77/85.

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