VISTO el expediente nº32/93, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº373/93, referido al proyecto de Ordenanza sobre incremento de las Asignaciones Familiares con retroactividad al día 1º de febrero de 1993; y
CONSIDERANDO que en la Sesión Extraordinaria del día 5 de abril del año 1993, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja hacer lugar a lo peticionado por el Departamento Ejecutivo;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Fíjase con retroactividad a partir del 1º de febrero de 1993, para todos los Agentes de la Administración Municipal, en los conceptos de Asignaciones Familiares que se detallan a continuación:
* Por Nacimiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . $ 200.-
* Por Matrimonio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . $ 300.-
* Por Adopción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . $ 1.200.-
* Por ayuda escolar, pre-escolar, primaria y media . . $ 130.-
ARTICULO 2º: Amplíase las siguientes partidas del Presupuesto de Gastos vigente de acuerdo al siguiente detalle:
JURISDICCION I – H.C.D.
FINALIDAD I – ITEM I
Asignaciones Familiares. . . . . . . . . . . . . . . . $ 200. –
JURISDICCION II – DEPARTAMENTO EJECUTIVO
FINALIDAD I – ITEM I
Asignaciones Familiares. . . . . . . . . . . . . . . . $ 7.500. –
ITEM 2
Asignaciones Familiares. . . . . . . . . . . . . . . . $ 5.500. –
ITEM 3
Asignaciones Familiares. . . . . . . . . . . . . . . . $ 700. –
ITEM 4
Asignaciones Familiares. . . . . . . . . . . . . . . . $ 200. –
FINALIDAD II – ITEM 1
Asignaciones Familiares. . . . . . . . . . . . . . . . $ 1.800. –
FINALIDAD III – ITEM 1
Asignaciones Familiares. . . . . . . . . . . . . . . . $ 26.000. –
ITEM 2
Asignaciones Familiares. . . . . . . . . . . . . . . . $ 3.200. –
FINALIDAD IV – ITEM 1
Asignaciones Familiares. . . . . . . . . . . . . . . . $ 3.100. –
FINALIDAD V – ITEM 1
Asignaciones Familiares. . . . . . . . . . . . . . . . $ 1.800. –
T O T A L.. . . . . . $ 50.000. –
ARTICULO 3º: Los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior se tomarán de la siguiente partida:
FINALIDAD VI – A CLASIFICAR
Credito Adicional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . $ 50.000.-
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los cinco días del mes de abril de mil novecientos noventa y tres.
ORDENANZA Nº8/93. –