VISTO el expediente nº53/87 – Alcance 1, iniciado por el Concejal Joaquín Ripoll -U.C.R.-, mediante el cual eleva proyecto de Ordenanza modificando el artículo 193º de la Ordenanza Nº87/87, referente al adicional que perciben los agentes encargados de Areas del Estatuto del Empleado Municipal;
que, en su artículo 193º, capítulo XXIII referente a compensaciones varias, resultaría importante producir alguna modificación, al solo efecto que de su instrumentación surja una más justa aplicación; y
CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 29 de mayo del año 1995, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas que aconseja aprobar el mencionado proyecto de Ordenanza;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Modifícase el artículo 193º de la Ordenanza Nº87/87, del Estatuto del Empleado Municipal, el cuál quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTICULO 193º: Los agentes que se desempeñen como Encargados de Areas, percibirán un adicional por responsabilidad, el que anualmente se determinará por Ordenanza de Presupuesto. A quién sea designado para cumplir esta función se le retendrá el cargo. Este adicional será computable para el pago de la bonificación por antiguedad u otros adicionales siempre que están sujetos a descuentos.- Al mismo tiempo se abonará a todos aquellos agentes, que por la naturaleza de su actividad signifique reemplazar a un encargado de área, con las atribuciones y responsabilidades que dicha función determine, un adicional por responsabilidad, en forma proporcional a la duración del reemplazo”. –
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintinueve días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y cinco.-
ORDENANZA Nº8/95. –