VISTO el expediente nº22/97, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 375/97, a través del cual eleva proyecto de Ordenanza declarando de utilidad pública y pago obligatorio la obra de ampliación de Gas Natural al Barrio 272 viviendas de Saladillo;
que, la obra de ampliación de la red de gas natural al Barrio 272 viviendas de la ciudad de Saladillo;
que, el Municipio de Saladillo a invertido en la misma la suma total de $ 34.275 según la evaluación realizada por la Secretaría de Obras Públicas, lo cual implica un valor unitario de $ 126,01;
que, la misma se ha ejecutado con la participación de la empresa distribuidora de gas en nuestra zona Camuzzi Gas Pampeana S.A. aportando los materiales;
que, se considera justo y razonable el recupero de los montos asignados por el Municipio a esta obra, con el objeto de posibilitar la ampliación de la red de gas en otros barrios de la ciudad;
que, es conveniente adoptar un sistema de pagos en cuotas para los usuarios del servicio de gas a través de la facturación de la empresa distribuidora por consumos bimestrales;
que, la obra ya ha sido habilitada y se han efectivizado a la fecha mas de 90 conexiones; y
CONSIDERANDO que en la Sesión Extraordinaria llevada a cabo el día 31 de marzo de 1997, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja sancionar el proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Declárese de utilidad pública y pago obligatorio la obra de ampliación de Gas Natural al Barrio 272 Viviendas de la ciudad de Saladillo.-
ARTICULO 2º: Establécese un valor unitario de $ 126,01 a abonar por cada usuario efectivamente conectado al servicio de gas natural que habite en este barrio.- Este monto será pagado en nueve (nueve) cuotas fijas bimestrales y consecutivas de $ 14,00 cada una.-
ARTICULO 3º: Autorízase al Poder Ejecutivo a percibir los montos indicados en el artículo 2º a través de la empresa Distribuidora de gas en nuestra zona Camuzzi Gas Pampeana S.A. mediante la facturación por consumos domiciliarios.- Los fondos así obtenidos serán destinados a financiar ampliaciones de la red de gas natural en otros sectores de la ciudad de Saladillo.-
ARTICULO 4º: Comuníquese a la Empresa Camuzzi Gas Pampeana S.A.-
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los treinta y un días del mes de marzo de mil novecientos noventa y siete.-
ORDENANZA Nº8/97.-