VISTO el expediente nº37/89, alcance 1, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº539/86, por el cual eleva proyecto de Ordenanza referente a la licitación del kiosco de la Terminal de ómnibus de nuestra ciudad;
que, el contrato de concesión del kiosco ubicado en la Estación Terminal de Omnibus de esta ciudad, ha vencido con fecha 3 de octubre de 1992;
que, es necesario proceder atento tal vencimiento a un nuevo llamado a licitación; y
CONSIDERANDO que en la Sesión Extraordinaria del día 30 de diciembre de 1992, el Honorable Concejo Deliberante aprobó el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas, que aconseja hacer lugar a lo solicitado por el Departamento Ejecutivo;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a proceder a llamar a licitación pública para la adjudicación de un kiosco ubicado en la Estación Terminal de Omnibus de Saladillo, sujeto al pliego de Bases y Condiciones que corre adjunto al expediente y que forma parte del presente.-
ARTICULO 2º: Fíjase el precio del legajo en la suma de pesos doscientos dieciséis ($ 216,00) de acuerdo a lo establecido en el Capítulo X – Artículo 15º inciso 21) de la Ordenanza Impositiva Vigente.-
ARTICULO 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a prorrogar el Contrato vigente hasta la fecha en que se produzca la adjudicación y su implementación a través del nuevo Contrato, todo ello en haras a la preservación y continuidad del servicio.-
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y dos.-
ORDENANZA Nº86/92. –
ANEXO I
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARA LA CONCESION DE UN (1) KIOSCO DE LA ESTACION TERMINAL DE OMNIBUS PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD DE SALADILLO.-
OBJETO DE LA LICITACION:
ARTICULO 1º: El presente pliego de Bases y Condiciones regirá la Licitación Pública para la concesión de explotación comercial del Kiosco ubicado en la Estación Centralizadora de Omnibus, según el siguiente detalle:
TERMINO Y BASES DE LA CONCESION:
ARTICULO 2º: El término de la Concesión se fija en tres (3) años. Base de oferta PESOS UN MIL DOSCIENTOS ($ 1.200) mensuales.-
CONSULTA Y ADQUISICION DE LEGAJOS:
ARTICULO 3º: El legajo para la presente licitación podrá ser consultado hasta un día antes al fijado para la apertura de propuestas, en la Mesa de Entradas de la Municipalidad.- En dicha dependencia podrá ser adquirido el pliego de Bases y Condiciones.-
APERTURA DE PROPUESTAS:
ARTICULO 4º: La apertura de propuestas se realizará en el lugar, día y hora que fijará el Departamento Ejecutivo en el respectivo Decreto de llamado a licitación, en presencia de funcionarios y proponentes.-
ARTICULO 5º: Solamente se considerarán las propuestas presentadas hasta la hora de apertura fijada y/o habilitada por los motivos indicados en el artículo anterior.-
ARTICULO 6º: En el acto de apertura se labrará acta dejando constancia de todo lo actuado en dicha oportunidad, la que ser refrendada por los funcionarios y los proponentes presentes.-
FORMA DE PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS:
ARTICULO 7º: Los oferentes, al presentar su propuesta, deberán acompañar la siguiente documentación:
a) Datos filiatorios completos (nombre y apellido, Documento de Identidad, domicilio, etcetera);
b) Documento que acredite haber afianzado su propuesta en la forma y por el monto que se determina en el artículo 11º;
c) Ejemplar del pliego de Bases y Condiciones, con todas sus hojas firmadas por el proponente o su apoderado;
D) Antecedentes comerciales, bancarios y de experiencia en el ramo y toda otra información que el mismo considere necesario y/o conveniente acompañar;
e) Monto mensual que ofrece en concepto de explotación de la concesión.-
La oferta se consignará en número y letra, y por duplicado debiendo firmar todas las hojas que la integran, pudiendo hacerlo por medio de Apoderado debidamente autorizado. No se tomarán en consideración aquellas ofertas que presenten correcciones, enmiendas, raspaduras y/o entre líneas que no hayan sido debidamente salvadas al final. Cuando existiere discordancia entre las cantidades expresadas en letras y las consignadas en números, se tomarán en consideración sólo la primera de ellas. La documentación requerida en a), b), c) y d) se presentar en un sobre cerrado debiendo constar en su parte anterior, como única inscripción el objeto de la licitación. La oferta que se menciona en e), se colocar en otro sobre cerrado y lacrado, utilizado exclusivamente para ello, debiéndose indicar en su parte anterior el nombre del proponente. Este sobre deber introducirse, en la forma apuntada dentro del sobre indicado precedentemente.-
ARTICULO 8º: Para la presentación de ofertas es requisito indispensable constituir domicilio legal en la ciudad de Saladillo o indicar el real del oferente y aceptar la jurisdicción de los Tribunales del Departamento Judicial de La Plata.-
LUGAR DE PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS:
ARTICULO 9º: Las propuestas deberán ser presentadas en Mesa de Entradas de la Municipalidad, dentro del horario habitual de trabajo.
MANTENIMIENTO DE LA OFERTA:
ARTICULO 10º: Los oferentes se obligan a mantener la propuesta formulada por el término de sesenta (60) días corridos, contados desde la fecha de la apertura de propuesta.- Vencido dicho término sin haberse producido la adjudicación la Municipalidad requerir nuevo termino de mantenimiento de la oferta; la falta de contestación a dicho requerimiento dentro del plazo que se fije, implicará la aceptación de la prórroga solicitada y por un nuevo termino de sesenta (60) días corridos.-
GARANTIA DE PROPUESTA:
ARTICULO 11º: Los proponentes deberán afianzar su propuesta por la suma de PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS ($ 4.800) mediante pagare a favor del Municipio. A los presentados que no resulten adjudicatarios se le reintegrar el importe y/o documentación acreditativa de la garantía de propuestas establecida en el presente artículo.-
CONOCIMIENTO Y ACEPTACION DEL PRESENTE PLIEGO:
ARTICULO 12º: La sola presentación de propuesta implica el conocimiento del presente pliego de Bases y Condiciones y el acatamiento de todas sus disposiciones.-
ADJUDICACION:
ARTICULO 13º: La adjudicación la efectuará el Departamento Ejecutivo, previo análisis de los mismos.-
ARTICULO 14º: La adjudicación recaer sobre la propuesta que a juicio de la Municipalidad resulte m s conveniente, reservándose el derecho de rechazar todas las propuestas si así lo creyere oportuno, sin crearse por ello, la Municipalidad, obligación para los proponentes. Para la adjudicación se tomarán en cuenta las siguientes consideraciones:
a) Alquiler mensual ofrecido;
b) Experiencia o idoneidad en el ramo;
c) Antecedentes personales, comerciales, bancarios y solvencia;
ARTICULO 15º: En el caso de igualdad de dos o más proponentes en todos los recaudos que se tomarán en cuenta para la adjudicación, se procederá a solicitarles que mejoren la oferta, la que deberán realizar dentro del termino de cuarenta y ocho (48) horas, de estar debidamente notificados. La adjudicación de la concesión se otorgará al oferente que haga la propuesta m s conveniente para la Municipalidad.-
ARTICULO 16º: Le firma adjudicataria deberá constituir garantía real o aval bancario por un importe equivalente al diez por ciento (10%) del precio total.- Esta garantía o aval se mantendrá inalterable durante toda la vigencia del Contrato y/o eventual prórroga o continuación de hecho y respaldar el cumplimiento integral de las obligaciones del adjudicatario y el mantenimiento y/o reposición de los bienes de propiedad de la Comuna entregados al concesionario. La Municipalidad podrá ejecutar la garantía real o aval bancario ofrecidos afectándolos al pago de las sumas adeudadas por cualquier concepto por el concesionario.-
FIRMA DEL CONTRATO:
ARTICULO 17º: Una vez adjudicada la licitación, la Municipalidad notificar por ello al adjudicatario, comunicándole día y hora en que deber concurrir para firmar el respectivo contrato el que se efectuará dentro de los veinte (20) días de notificados de la adjudicación, dicha notificación se hará en el domicilio legal constituído en la ciudad de Saladillo, conforme a lo dispuesto en el artículo 8º. Si el adjudicatario no compareciere a la primera citación se reiterará la misma bajo apercibimiento de dejar sin efecto la adjudicación perdiendo la fianza exigida en el artículo 11º. En el acto de suscribirse el contrato concesión a que se refiere el presente artículo, el adjudicatario deber presentar la constancia de haber constituído el depósito de garantía establecido en el artículo anterior.-
ESCRITURA PUBLICA:
ARTICULO 18º: A pedido de una de las partes, el contrato podrá elevarse a escritura pública, siendo los gastos que ello demande a cargo de la parte que la solicite.-
PAGO DEL PRECIO DE LA CONCESION:
ARTICULO 19º: El importe mensual de la concesión será abonado por adelantado del 1º al 5 de cada mes en la Oficina de Recaudación Municipal.-
REAJUSTE DEL ALQUILER:
ARTICULO 20º: El monto del alquiler se regirá en lo que hace a sus variaciones por la Ley de Convertibilidad y/o las que lo reemplazaren en el futuro.-
OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES DEL ADJUDICATARIO:
ARTICULO 21º: Sin perjuicio de las demás obligaciones que recaen sobre el concesionario con sujeción a lo establecido en el presente pliego, el mismo deber observar:
a) Los precios de los productos que se expenden serán exhibidos al público mediante la colocación de carteles bien visibles, o en cada uno de los artículos y deberán ser las corrientes en plaza;
b) El concesionario estar obligado a proveer por su exclusiva cuenta todos los elementos necesarios, estantes, mostrados e instalación total del negocio para la eficaz prestación al público concurrente de los servicios a su cargo;
c) La limpieza a fondo del local y sus instalaciones, serán realizadas durante las horas de menor afluencia de pasajeros, siendo obligación del concesionario mantener al mismo en perfecto estado de higiene;
d) El servicio del kiosco deberá prestarse por el concesionario en forma continúa pudiendo eximirse de esta obligación en caso de fuerza mayor.- No ser admitida como tal la huelga o conflictos de cualquier naturaleza con su propio personal;
e) Durante el término de este contrato el concesionario mantendrá el local en buen estado de conservación e higiene, y efectuar por su cuenta la pintura del mismo, refacciones y reposiciones cada vez que sea necesario a juicio exclusivo de la Municipalidad. Cuando el concesionario debe hacer refacciones, las mismas se harán en el plazo que determine la Municipalidad;
f) El concesionario podrá ocupar con artículos, revista, etcetera, la parte de los anden que da frente al local del kiosco en una longitud que no exceda de un metro a contar de su frente;
g) Sin perjuicio de abonar el importe de la concesión el adjudicatario deber efectivizar, además todos los tributos establecidos en la Ordenanza Impositiva Municipal, y en la fecha y tiempo que dichas disposiciones de termine y que correspondan a la actividad que desarrolla;
h) Será a cargo del concesionario el consumo de energía eléctrica, gas y agua corriente;
i) Está prohibido al concesionario la venta de bebidas de todo tipo.-
SANCIONES:
ARTICULO 22º: El incumplimiento total y/o parcial del concesionario o cualquiera de las obligaciones puestas a su cargo por el presente pliego y por el contrato concesión que el mismo suscribir con la comuna, ser sancionado con multa de hasta el máximo que fije la Ley Orgánica de las Municipalidades, la que ser regulada por la Municipalidad de acuerda con la gravedad de la falta cometida y el grado de reiteración sin perjuicio de la caducidad que se dispone en el artículo siguiente.-
CADUCIDAD:
ARTICULO 23º: La Municipalidad podrá decretar la caducidad automática de la concesión en los siguientes casos:
a) Cuando medie transferencia de la concesión;
b) En caso de falta de pago de dos períodos mensuales, sin que sea necesario ninguna previa intimación. En este supuesto, la caducidad del contrato se operará automáticamente, por el solo transcurso del tiempo.-