VISTO el expediente nº 271/2012, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 3191/2012, que eleva proyecto de Ordenanza declarando la incompetencia de la Secretaría General y de la Subsecretaría de la Producción para realizar tareas de asesoramiento técnico en la producción del Vivero Municipal;

que, el expediente nº 3191/2012 iniciado por el Subsecretario de la Producción, en el que pone en conocimiento sobre la necesidad de contar con un profesional que desempeñe tareas de asesoramiento técnico de la producción del Vivero Municipal, y suscripción de guías de traslado de plantas para su presentación ante las autoridades del SE.NA.S.A.;

que, dicho pedido se debe a que la Municipalidad carece de un profesional para el desarrollo de tales tareas, y particularmente las Secretarías General y la Subsecretaría de la Producción;

que, la Ley Orgánica de las Municipalidades (art. 32) y el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de la Administración para las Municipalidades (art. 66) establecen el procedimiento para habilitar la contratación de profesionales externos a las Municipalidades;

que, el artículo 66 del mencionado reglamento dispone que las tareas y servicios no contemplados en el artículo 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (vinculados a la realización de obras públicas) que no puedan realizarse con el personal profesional y/o técnico de planta, serán considerados gastos especiales, y por consiguiente deberán reunir los requisitos del artículo 32 de dicha ley, y 161 del reglamento;

que, el artículo 32 de la Ley Orgánica dispone: “Las Ordenanzas Impositivas y/o de autorización de gastos de carácter especial se decidirán nominalmente, consignándose en acta los Concejales que votaron por la afirmativa y por la negativa.- Omitiéndose la consignación se entenderá que hubo unanimidad.- Estas Ordenanzas deberán ser sancionadas por la mayoría absoluta de los miembros integrantes del Cuerpo.- Las Ordenanzas Impositivas, regirán mientras no hayan sido modificadas o derogadas”;

que, en consecuencia, es el Honorable Concejo Deliberante el órgano que debe autorizar la realización de los denominados “gastos especiales” del Departamento Ejecutivo, por la contratación de profesionales y/o técnicos externos, por carecer éste de los mismos;

que, en el caso particular del profesional que se pretende contratar, su labor resultará de suma utilidad, para potenciar cuantitativa y cualitativamente la producción del Vivero Municipal, como así también dar cumplimiento de las medidas fitosanitarias que deben cumplirse ante SE.NA.S.A. como lo constituye la presentación de las guías de traslado de plantas;

que, el Vivero Municipal Eduardo L. Holmberg depende, conforme al organigrama municipal, de la Subsecretaría de la Producción y de la Secretaría General, por lo que corresponde la declaración de incompetencia de dichas dependencias; y

CONSIDERANDO que en la Décima Cuarta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 23 de octubre de 2012, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que recomienda su aprobación en los términos obrantes a fojas 3 del mencionado expediente;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Declárese la incompetencia de la Secretaría General y de la Subsecretaría de la Producción de la Municipalidad de Saladillo para realizar tareas de asesoramiento técnico en la producción del Vivero Municipal Eduardo L. Holmberg, como así también para la suscripción de las guías de traslado de plantas a presentar ante SE.NA.S.A.-

ARTICULO 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar gastos especiales a fin de proceder a la contratación de los profesionales necesarios para la realización de las tareas mencionadas en el artículo anterior.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintitres días del mes de octubre del año dos mil doce.-

ORDENANZA Nº 91/2012.-

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