VISTO el expediente N° 136/91, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Tornquist, mediante radiograma con copia de la Resolución solicitando a ESEBA informe sobre incrementos en tarifas eléctricas; y

CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria de fecha 19 de agosto de 1991, el Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad sancionar una Resolución de adhesión;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

R E S O L U C I Ó N

ARTICULO 1°: Adhiérese a la Resolución N° 33/91, elevada por el Honorable Concejo Deliberante de Torquist, que como Anexo I, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2°: Solicítase con carácter de urgente el envío de la documentación que fundamente los incrementos aplicadas a las tarifas eléctricas de la Provincia de Buenos Aires por parte de ESEBA.

ARTICULO 3°: Exprésase la necesidad de este Cuerpo de contar permanentemente con la documentación del carácter de la requerida por el artículo 2° cada vez que la Empresa precitada produzca modificaciones al cuadro tarifario.

ARTICULO 4°: Comuníquese a los Honorables Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires, ESEBA, al Ministro de Obras Públicas de la Provincia de Buenos Aires; al Departamento Ejecutivo, comuníquese, publíquese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecinueve días del mes de agosto de mil novecientos noventa y uno.

RESOLUCIÓN N° 15/91.-

ANEXO I

VISTO los continuos incrementos aplicados a las tarifas eléctricas de la Provincia de Buenos Aires por parte de ESEBA S.A.; y

CONSIDERANDO que el Honorable Concejo Deliberante aprueba periódicamente los cuadros tarifarios presentados por la Cooperativa Eléctrica Limitada de esta Jurisdicción en un todo de acuerdo a lo dispuesto en los respectivos convenios de concesión de servicios;

que, es preocupación de este Honorable Cuerpo, la aprobación de tales incrementos, toda vez que el Gobierno Nacional ha dispuesto en su plan económico la atenuación de aumentos tarifarios de toda índole;

que, el costo de energía y su disparidad en el ambito de la provincia además de no mantener un sentido de igualdad para todos los habitantes del suelo bonaerense; significa incrementar costos de aquellas empresas de gran consumo cuyo fluido es suministrado por ESEBA S.A, a través de las Cooperativas Eléctricas;

que, es imprescindible para esta honorabilidad,, munirse de los más amplios informes para poder brindar a la comunidad todas las respuestas que sobre este particular se efectúen;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TORNQUIST en uso de sus facultades, sanciona con fuera de

R E S O L U C I Ó N

ARTICULO 1°: Solicitar a ESEBA S.A. nos haga llegar a la brevedad un detallado informe sobre el tema de referencia y al mismo tiempo se contemple la posibilidad que estos informes tengan el carácter de periódicos para la permanente y actual información del Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 2°: Enviar copia de la presente a los Honorables Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires solicitando su adhesión.

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo y cumplido archívese.

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