VISTO los expedientes nº 68/00 y 85/00, iniciados por el Concejal Carlos A. Armendaríz -Bloque Alianza- y la Cámara de Comercio, Industria y Producción de Saladillo, elevan proyecto de Resolución solicitando a la Empresa Semacar S.A. se les comunique sobre todos los interrogantes que poseen con respecto a los tratamientos preferenciales que la misma realiza y presentando inquietudes por el costo de los peajes de la Ruta Nacional 205, respectivamente;
que, en la ciudad de Saladillo en la Ruta Nacional Nº 205 funciona una estación de peaje correspondiente a la firma SEMACAR S.A.;
que, es de nuestro conocimiento que la misma posee un Sistema de Tratamientos Especiales para todos aquellos vecinos y frentistas que adjuntando documentación correspondiente a los datos personales, como así también a la documentación y características de sus vehículos dicha empresa firma un convenio con el mismo otorgándose una tarjeta magnética que es para hacer posible el uso del servicio con el 50 % de descuento;
que, esta medida tomada por la empresa es muy beneficiosa para todos los transportistas de nuestra ciudad pero que también la misma beneficia a los productores agropecuarios de nuestro pueblo para el traslado de su cosecha ó animales vacunos que se remitan al Mercado de Liniers;
que, muchos usuarios pueden dar testimonio de ello pero en éstos últimos tiempos se están poniendo algunas trabas para el otorgamiento de dichas tarjetas;
que, desconocemos cuales son las categorías de los vehículos que puedan acogerse a este beneficio como así también sí un mismo propietario puede acogerse a una ó más unidades;
que, en la cosecha anterior dicha empresa se comprometió al descuento del 25 % en el peaje de Uribelarrea pero se le exigía la entrega de la Carta de Porte a los choferes y como la misma se entrega en destino dicho descuento no se podía realizar;
que, es muy importante con el transcurso del tiempo que esta masa de dinero los empresarios vinculados al transporte terrestre puedan seguir invirtiendo en su actividad y en mejorar la calidad de su propio servicio y además colaborarían en la creación de fuente de trabajo y, competitividad acompañada de reducir sus propias tarifas de fletes; y
CONSIDERANDO que en la Segunda Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 17 de abril de 2000, este Honorable Cuerpo aprobó una Resolución que eleva copia de ambos expedientes a la Empresa Semacar para su tratamiento;;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I O N
ARTICULO 1º: Gírese a la Empresa Semacar S.A. copia del proyecto obrante en el Expediente Nº 68/00 y de la nota enviada por la Cámara de Comercio, Industria y Producción de Saladillo que forma parte del expediente nº 85/00.-
ARTICULO 2º: El Honorable Concejo Deliberante de Saladillo solicita el tratamiento de ambos temas y las respuestas emergentes del mismo a la brevedad.-.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil.-
RESOLUCION Nº 15/00.-