VISTO la Resolución N° 18/90 de este Honorable Concejo Deliberante de Saladillo, por la que se recomienda a la intervención del Banco Hipotecario Nacional atender el reclamo de los adjudicatarios Barrio 272 viviendas de Saladillo según operatoria 311;
que, de la reunión mantenida entre el Señor Intendente Municipal, Concejales de este Honorable Cuerpo y Miembros de la Cooperativa del Barrio 272 viviendas con el Interventor del Banco Hipotecario Nacional, Señor Chacón, este se comprometió verbalmente que por dos o tres meses las cuotas no superarían el 20% de los ingresos de los adjudicatarios; y
CONSIDERANDO que la valuación de las viviendas del Barrio de Saladillo nuevamente fue incrementado teniendo un valor de =A= 85.000.000.- haciendo aumentar la cuota de servicio muy por encima de las posibilidades económicas de los adjudicatarios;
que, este Honorable Concejo Deliberante no tiene claro que índice de ajuste se aplica al servicio pagado por los adjudicatarios, como así también el índice de ajuste de la valuación de las viviendas;
que, el compromiso asumido por el Intendente del Banco Hipotecario Nacional Señor Chacón no fue cumplimentado;
que, en la Séptima Sesión Ordinaria el Cuerpo aprobó por unanimidad ratificar los puntos de la Resolución N° 18/90 así como requerir del Interventor del Banco Hipotecario Nacional Señor Chacón concrete en forma escrita la política a seguir por el Banco con respecto a la operatoria 311;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I Ó N
ARTICULO 1°: Reiterase en todos sus términos la Resolución N° 18/90 de este Honorable Concejo Deliberante de Saladillo.
ARTICULO 2°: Solicítase al Interventor del Banco Hipotecario Nacional Sr. Chacón que en forma escrita concrete la política a seguir por el Banco con respecto a la operatoria 311.
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, al Señor Interventor del Banco Hipotecario Nacional, y a los miembros de la cooperativa del Barrio 272 viviendas, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los seis días del mes de agosto de mil novecientos noventa.
RESOLUCIÓN N° 28/90.-