VISTO el expediente N° 74/90, iniciado por la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Limitada, referente a la implementación de descuento a jubilados y pensionados;

que, la Comunicación N° 15/90, girando al Departamento Ejecutivo dicho expediente y solicitando “Registro de Carenciados” para ser remitido a las autoridades de la mencionada Cooperativa;

que, la nota enviada por la Cooperativa con fecha 12 de julio de 1990, adjuntando texto ley 10760 y su reglamentación, además de “solicitar su valiosa colaboración para llevar a cabo la instrumentación de este beneficio a jubilados y pensionados”; y

CONSIDERANDO que en la séptima Sesión Ordinaria al Cuerpo aprobó por unanimidad sancionar una Resolución solicitando a las Autoridades de la Cooperativa Eléctrica de Saladillo, tenga a bien, especificar de que manera este Honorable Concejo Deliberante puede colaborar con la implementación del beneficio a jubilados y pensionados;

R E S O L U C I Ó N

ARTICULO 1°: Solicítase a las Autoridades de la Cooperativa Eléctrica de Saladillo, especificar de que manera este Honorable Concejo Deliberante puede colaborar con la implementación del beneficio a jubilados y pensionados ley 10760.

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, al Consejo de Administración de la Cooperativa Eléctrica de Saladillo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los seis días del mes de agosto de mil novecientos noventa.

RESOLUCIÓN N° 29/90.-

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