VISTO que durante el último Gobierno de Facto, se tomo la negativa medida de dejar sin puestos de vigilancia a la Localidad de Cazón, y a los Parajes “El Mangrullo”, “La Barrancosa”, “La Razón”, “La Campana”, “San Benito”, “Blaquier”, y

CONSIDERANDO QUE POR Resolución N° 4/86, sancionada por este Honorable Cuerpo con fecha 16 de junio de 1986, se solicito al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, el restablecimiento de los mismos sin tener a la fecha una respuesta favorable, y reiterando que tal medida con lleva una considerable carga de perjuicios para habitantes de la citada Localidad y Parajes;

que, la reposición de los mismos ha sido requerida reiteradamente por Instituciones del bien público y vecinos de nuestro Partido y que es preocupación permanente de este Cuerpo velar por la seguridad de nuestra población;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones acuerda y sanciona la siguiente

R E S O L U C I Ó N

ARTICULO 1°: Reiterar al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, se restablezcan los puestos de vigilancia en la Localidad de Cazón, y en los Parajes “La Barrancosa”, “El Mangrullo”, “San Benito”, “La Razón”, “La Campana” y “Blaquier”.

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a tres días del mes de junio de mil novecientos ochenta y siete.

RESOLUCIÓN N° 3/87.-

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