VISTO el expediente N° 207/90 iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de general Belgrano con un radiograma conteniendo la Comunicación N° 7/90 referente a solicitar al Registro Provincial de las Personas se incluya en los requerimientos pre nupciales la determinación H.I.V. (virus de inmunodeficiencia humana);
CONSIDERANDO que en la octava sesión Ordinaria de fecha 27/08/90 el cuerpo aprobó por unanimidad la sanción de una Resolución por la que se adhiere en todos los términos a la Comunicación N° 7/90 del Honorable Concejo Deliberante de General Belgrano;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I Ó N
ARTICULO 1°: Adhiérase en todos sus términos a la Comunicación N° 7/90 del Honorable Concejo Deliberante de General Belgrano.
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a la Comisión de Salud de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintisiete días del mes de Agosto de mil novecientos noventa.
RESOLUCIÓN N° 33/90.-