VISTO el expediente N° 207/90 iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de general Belgrano con un radiograma conteniendo la Comunicación N° 7/90 referente a solicitar al Registro Provincial de las Personas se incluya en los requerimientos pre nupciales la determinación H.I.V. (virus de inmunodeficiencia humana);

CONSIDERANDO que en la octava sesión Ordinaria de fecha 27/08/90 el cuerpo aprobó por unanimidad la sanción de una Resolución por la que se adhiere en todos los términos a la Comunicación N° 7/90 del Honorable Concejo Deliberante de General Belgrano;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones acuerda y sanciona la siguiente

R E S O L U C I Ó N

ARTICULO 1°: Adhiérase en todos sus términos a la Comunicación N° 7/90 del Honorable Concejo Deliberante de General Belgrano.

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a la Comisión de Salud de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintisiete días del mes de Agosto de mil novecientos noventa.

RESOLUCIÓN N° 33/90.-

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