VISTO la Comunicación Nº 107/84 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora, con referencia a las reformas efectuadas por leyes especiales a la Ley Orgánica de las Municipalidades por el Gobierno de Facto; y

CONSIDERANDO que las mismas fueron dictadas por un órgano y funcionarios que carecían tanto de competencia material como moral y política;

que, de las mismas surge un avance sobre la autonomía municipal consagrada en los Arts. 181 y sus siguientes de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

que, es deber de la Provincia de Buenos Aires garantizar el régimen Municipal (Art. 5º y 106º de la Constitución de la Nación Argentina);

que, las leyes modificatorias de la Ley Orgánica dictadas durante el Gobierno de Facto, tuvieron como objetivo adecuar la situación normativa de las instituciones republicanas;

que, como consecuencia lógica de ello, se produce (entre otros) un avance desmedido de las facultades del Departamento Ejecutivo;

que, se hace necesaria una derogación de todas y cada una de las normas dictadas por el gobierno de facto entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983;

que por todo lo expuesto, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, por unanimidad y en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente

R E S O L U C I O N

ARTICULO 1º: Instase al Poder Legislativo y Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, a sancionar y promulgar un Ley que derogue todas las normas dictadas por el gobierno de facto entre el 24 de marzo de 1976 al 10 de diciembre de 1983, modificatorias de la Le Orgánica de las Municipalidades.-

ARTICULO 2º: Envíese copia de la presente Resolución a los Honorables Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires solicitándoles su adhesión mediante Resoluciones similares.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los cinco días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro.-

RESOLUCION Nº 39/84.-

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