VISTO la Resolución Nº 24/84 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Púan, con referencia a los problemas de vista u oído que presentan los niños que concurren a escuelas de ese Distrito;

que, son significativos en su número y consecuencias;

que, determinadas conductas de los alumnos han determinado que se realicen investigaciones, descubriéndose que esas conductas estaban signadas por una deficiencia visual o auditiva; y

CONSIDERANDO que los casos que se presentan en el distrito de Púan son extensibles a otros de distintas Provincias, y que en muchos casos por una falta de atención médica oportuna llegan a afectar los órganos en forma grave o requieren un tratamiento muy prolongado, y en oportunidades sin solución total al mismo;

que, hay niños que por distintas circunstancias de la vida y provenientes de hogares muy carenciados y no tiene acceso fluido a distintas especialidades médicas llegan avanzadas en la escuela primaria, cuando recién se detectan ciertas deficiencias en la vista u oído;

por todo lo expuesto, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente

R E S O L U C I O N

ARTICULO 1º: En adhesión a la Resolución nº 24 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Púan, ínstase a las autoridades provinciales y nacionales para que se promulgue una Ley de Obligatoriedad para un estudio de vista y oído de todos los niños a ingresar en la etapa preescolar y primaria.-

ARTICULO 2º: Instase al Señor Diputado Nacional Dr. Julio Dimasi y al Señor Senador Provincia Escribano Julio César Armendariz a prestar la colaboración necesaria para que en sus respectivas Cámaras realicen las gestiones pertinentes a fin de poder concretar tan anhelado propósito.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los tres días del mes diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro.-

RESOLUCION Nº 46/84.-

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