VISTO el expediente nº 165/02, iniciado por el Bloque de Concejales de la Alianza, que eleva proyecto de Resolución solicitando al Gobernador de la Provincia de Buenos Aires convoque a reunión a la Comisión de Emergencia Agropecuaria para tratamiento de Declaraciones Juradas;

que, el 30 de junio del corriente año venció el período de Declaración de Emergencia y Desastre Agropecuario para el Partido de Saladillo;

que, dicho período fuera establecido a fines del año 2001 en virtud de la crítica situación por la que atravesaban sectores vinculados al campo como consecuencia de las inundaciones que afectaban a sus producciones;

que, si bien a la fecha la situación no es de la misma magnitud que en ese entonces, aún se la puede seguir considerando como crítica;

que, asimismo, a la fecha la Comisión de Emergencia y Desastre Agropecuario se ha reunido, pasando a un cuarto intermedio, sin conocerse aún la fecha de la próxima reunión;

que, en virtud de la necesidad de atender los reclamos de aquellos productores que ven afectadas sus producciones y que solicitan acogerse a la Ley de Emergencia Agropecuaria sería conveniente elevar una petición al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a fin de que en forma urgente dé respuesta a dichos reclamos; y

CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 22 de julio de 2002, este Honorable Cuerpo aprobó el mencionado proyecto de Resolución;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

R E S O L U C I O N

ARTICULO 1º: Solicítase al Señor Gobernador de la Provincia de Buenos Aires y por su intermedio al Señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Provincia de Buenos Aires, la urgente convocatoria a reunión de la Comisión de Emergencia Agropecuaria de la Provincia de Buenos Aires a fin de considerar las Declaraciones Juradas de los Productores que solicitan acogerse a los alcances de la Ley de Emergencia Agropecuaria.-

ARTICULO 2º: Gírese copia de la presente los Legisladores de la Séptima Sección Electoral, en particular a los integrantes de las Comisiones de Asuntos Agrarios de ambas Cámaras Legislativas.-

ARTICULO 3º: Dése a conocer la presente Resolución a los sectores de nuestra ciudad vinculados a la producción Agropecuaria.-

ARTICULO 4º: Comuníquese al Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, a los Legisladores de la Séptima Sección Electoral y al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintidos días del mes de julio del año dos mil dos.-

RESOLUCION Nº 56/02.-

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