VISTO el expediente nº111/92 iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Pehuajo solicitando adhesión a la Resolución de dicho Concejo, con referencia a los cupos mínimos de hombres y mujeres para la integración de listas electivas; y
CONSIDERANDO que históricamente se han destacado en distintos ámbitos del quehacer social, cultural y científico mujeres tales como Alicia Moreau de Justo; Cecilia Griedson; Rosario Vera Peñaloza; Juana Asurduy; Eva Perón; Juana Manzo; etcétera;
que, estas y otras mujeres han luchado fervientemente por el reconocimiento de la igualdad de los derechos de la mujer;
que, la mujer en nuestra sociedad ejerce escasa participación, dado que no encuentra incentivos que justifiquen su ejercicio político;
que, en tiempos de las campañas políticas se convoca solo para captar su voto o trabajar en los Centros Políticos;
que, a la hora de conformar las listas electorales es ínfimo el porcentaje de mujeres que integran lugares en las mismas, con escasas o nulas posibilidades de ser electas;
que, según el último censo, más de cincuenta por ciento (50 %) de la población es de sexo femenino;
que, en los padrones políticos también representa a más de la mitad de los afiliados;
que, no solo debe tener la misma oportunidad, sino igual posibilidad de participación e íntegración de las listas electivas;
que, existen antecedentes jurídicos, tales como Ley Nacional nº24.012/91;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I O N
ARTICULO 1º: Dirijáse a la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires para que se incluya en las Sesiones Ordinarias del corriente año, un proyecto de ley que posibilite un cupo mínimo para hombres y mujeres en las listas electivas.-
ARTICULO 2º: El cupo mínimo expresado en el artículo precedente, se considere dentro de los diez (10) primeros cargos de las listas electorales.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a Primero de Junio de mil novecientos noventa y dos.-
RESOLUCION Nº8/92.-