VISTO el expediente nº 287/00, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Trenque Launquén, que eleva Resolución solicitando la efectiva aplicación de la Resolución 220/95 de Senasa, regulatoria, entre otras, de los establecimientos de extracción, acopio y fraccionamiento de miel;
que, es importante defender la actividades de los pequeños y medianos productores apícolas;
que, la Resolución SENASA Nº 220/95, como resultado del aporte de organismos públicos y organizaciones que nuclean al medio considera la problemática; y
CONSIDERANDO que en la Décima Sexta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 23 de noviembre de 2000, este Honorable Cuerpo adhiere a la Resolución del Honorable Concejo Deliberante de Trenque Launquén;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I O N
ARTICULO 1º: El Honorable Concejo Deliberante de Saladillo adhiere a la Resolución Nº 206/00 de Trenque Lauquén por la que se solicita la efectiva aplicación de la Resolución Nº 220/95 de SENASA, regulatoria entre otros, de los establecimientos de extracción, acopio y fraccionamiento de miel.-
ARTICULO 2º: Apóyase además a las Cooperativas Apícolas de la Provincia de Buenos Aires, como así también a la Federación que las nuclea, por haber organizado y logrado las posibilidades financieras que pretenden lograr la mayor calidad del productos y la venta directa del mismo.-
ARTICULO 3º: Remítase copia de la presente a: Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesa de la Nación; SENASA; Instituto Nacional de Acción Cooperativa y Mutual (INACYM); Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires y Presidentes de los distintos Bloques Políticos de las Cámaras precitadas.-
ARTICULO 4º: Envíese copia de este instrumento público a los Honorables Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires solicitando adherir a la presente.-
ARTICULO 5º: Gírese copia a la Cámara de Comercio, IDEB, Dirección de la Producción y medios locales para su difusión.-
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintitres días del mes de noviembre del año dos mil.-
RESOLUCION Nº87/00.-