REGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO PARA DEUDORES DE TASAS MUNICIPA–LES.-

VISTO la Ordenanza 1158 por la cuál se establece un régimen de facilidades de pago para deudores por Tasas de Servicios Municipales; y

CONSIDERANDO que la misma establece en su artículo 2º, un plazo ilimitado todo el año 1989;

que, ese sistema provoca que los contribuyentes postergan en el tiempo la decisión de acogerse al Régimen establecido y tampoco asegura al Municipio que sea voluntad del contribuyente hacer uso de la franquicia establecida en esa Ordenanza;

que, cuanto m s tiempo pase mayor ser  la deuda acumulada y menor la cantidad de cuotas a fijar, haciendo m s difícil el pago por parte de los deudores;

que, en virtud de esto se hace necesario limitar en el tiempo los beneficios otorgados por la Ordenanza mencionada;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Modifícase el Artículo 2º de la Ordenanza 1158, el que quedará redactado de la siguiente forma:

«ARTICULO 2º: El plazo para acogerse al plan de pagos dispuesto por la presente Ordenanza ser  el 30 de junio de 1989».-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintinueve días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y nueve.-

ORDENANZA Nº 12/89.-

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