LICITACION PARA ADJUDICACION KIOSCO DE TERMINAL DE OMNIBUS.
VISTO y CONSIDERANDO el contrato de Concesión del Kiosco ubicado en la Estación Terminal de Omnibus, suscripto el 13 de junio de 1986 entre la Municipalidad y el Señor Raúl Oscar PUCCITELLI, y teniendo en cuenta la proximidad del vencimiento del mencionado contrato; el día 9 de junio de 1989;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a proceder a llamar a Licitación Pública para la adjudicación del kiosco ubicado en la Estación Terminal de Omnibus de Saladillo, sujeto a la letrado del Pliego de Bases y Condiciones que corre adjunto a este expediente y que forma parte de la presente.-
ARTICULO 2º: Fíjase el precio del legajo en la suma de australes doscientos cincuenta y dos (=A= 252) de acuerdo a lo establecido en el Capítulo X – Artículo 15 – inciso 21 de la Ordenanza Impositiva Vigente.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintinueve días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y nueve.-
ORDENANZA Nº14/89.-
ANEXO I
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARA LA CONCESION DE UN (1) KIOSCO DE LA ESTACION CENTRALIZADORA DE OMNIBUS PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD DE SALADILLO.-
OBJETO DE LA LICITACION.-
ARTICULO 1º: El presente pliego de Bases y Condiciones regirá la licitación Pública para la concesión de explotación comercial del kiosco ubicado en la Estación Centralizadora de Omnibus, según el siguiente detalle:
TERMINO Y BASES DE LA CONCESION:
ARTICULO 2º: El término de la concesión se fija en tres (3) años.- Base de Oferta AUSTRALES SIETE MIL (=A= 7.000) mensuales.-
CONSULTA Y ADQUISICION DE LEGAJOS:
ARTICULO 3º: El Legajo para la presente licitación podrá ser consultado hasta un día antes al fijado para la apertura de propuestas, en la Mesa de Entradas de la Municipalidad.- En dicha dependencia podrá ser adquirido el pliego de Bases y Condiciones.-
APERTURA DE PROPUESTAS:
ARTICULO 4º: La apertura de propuestas se realizará en el lugar, día y hora que fijará el Departamento Ejecutivo en el respectivo Decreto de llamado a licitación, en presencia de funcionarios y proponentes.-
ARTICULO 5º: Solamente se considerarán las propuestas presentadas hasta la hora de apertura fijada y/o habilitada por los motivos indicados en el artículo anterior.-
ARTICULO 6º: En el acto de apertura se labrar acta dejando constancia de todo lo actuado en dicha oportunidad, la que ser refrendada por los funcionarios y proponentes presentes.-
FORMA DE PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS:
ARTICULO 7 º: Los oferentes, al presentar su propuesta, deberán acompañar la siguiente documentación:
a) Datos filiatorios completos (nombre y apellido, documento de identidad, domicilio, etc.);
b) Documento que acredite haber afianzado su propuesta en la forma y por el monto que se determina en el artículo 11º;
c) Ejemplar del pliego de Bases y Condiciones, con todas sus hojas firmadas por el proponente o su apoderado;
d) Antecedentes comerciales, bancarios y de experiencia en el ramo y toda otra información que el mismo considere necesario y/o conveniente acompañar;
e) Monto mensual que ofrece en concepto de explotación de la concesión.-
La oferta se consignará en número y letra, y por duplicado debiendo firmar todas las hojas que la integran, pudiendo hacerlo por medio de apoderado debidamente autorizado.-
No se tomarán en consideración aquellas ofertas que presente correcciones, enmiendas, raspaduras y/o entre líneas que no hayan sido debidamente salvadas al final.-
Cuando existiere discordancia entre las cantidades expresadas en letras y las consignadas en números, se tomarán en consideración sólo la primera de ellas.-
La documentación requerida en a), b), c) y d) se presentar en un sobre cerrado debiendo constar en su parte anterior, como única inscripción el objeto de la licitación.- La oferta que se menciona en e), se colocar en otro sobre cerrado y lacrado, utilizado exclusivamente para ello, debiéndose indicar en su parte anterior el nombre del proponente.-
Este sobre deberá introducirse, en la forma apuntada dentro del sobre indicado precedentemente.-
ARTICULO 8º: Para la presentación de ofertas es requisito indispensable constituir, domicilio legal en la ciudad de Saladillo o indicar el real del oferente y aceptar la jurisdicción de los Tribunales del Departamento Judicial de La Plata.-
LUGAR DE PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS:
ARTICULO 9º: Las propuestas deber n ser presentadas en Mesa de Entradas de la Municipalidad, dentro del horario habitual de trabajo.
MANTENIMIENTO DE LA OFERTA:
ARTICULO 10º: Los oferentes se obligan a mantener la propuesta formulada por el termino de sesenta (60) días corridos, contados desde la fecha de la apertura de propuesta.- Vencido dicho término sin haber se producido la adjudicación la Municipalidad requerirá nuevo termino de mantenimiento de la oferta; la falta de contestación a dicho requerimiento dentro del plazo que se fije, implicar la aceptación de la prórroga solicitada y por un nuevo termino de sesenta (60) días corridos.-
GARANTIA DE PROPUESTA:
ARTICULO 11º: Los proponentes deberán afianzar su propuesta por la suma de AUSTRALES VEINTIOCHO MIL (=A= 28.000), mediante depósito en efectivo en la Tesorería Municipal, o en su defecto fianza bancaria, póliza de seguro o hipoteca a favor del Municipio.-
A los presentados que no resulten adjudicatarios, se les reintegrar el importe y/o documentación acreditativa de la garantía de propuesta establecida en el presente artículo.-
CONOCIMIENTO Y ACEPTACION DEL PRESENTE PLIEGO:
ARTICULO 12º: La sola presentación de propuesta implica el conocimiento del presente pliego de Bases y Condiciones y el acatamiento de todas sus disposiciones.-
ADJUDICACION:
ARTICULO 13º: La adjudicación la efectuará el Departamento Ejecutivo, previo análisis de los mismos.-
ARTICULO 14º: La adjudicación recaerá sobre la propuesta que a juicio de Municipalidad resulte más conveniente, reservándose el derecho de rechazar todas las propuestas si así lo creyere oportuno, sin crearse por ello, la Municipalidad, obligación para los proponentes.- Para la adjudicación se tomarán en cuenta las siguientes consideraciones:
a) Alquiler mensual ofrecido;
b) Experiencia o idoneidad en el ramo;
c) Antecedentes personales, comerciales, bancarios y solvencia.-
ARTICULO 15º: En el caso de igualdad de dos o más proponentes en todos los recaudos que se tomarán en cuenta para la adjudicación, se procederá a solicitarles que mejoren la oferta, la que deberán realizar dentro del termino de 48 horas, de estar debidamente notificados.- La adjudicación de la concesión se otorgará al oferente que haga la propuesta más conveniente para la Municipalidad.-
ARTICULO 16º: La firma adjudicataria deberá constituir garantía real o aval bancario por un importe equivalente al diez por ciento (10%) del precio total.- Esta garantía o aval se mantendrá inalterable durante toda la vigencia del contrato y/o eventual prórroga o continuación de hecho y respaldará el cumplimiento integral de las obligaciones del adjudicatario y el mantenimiento y/o reposición de los bienes de propiedad de la Comuna entregados al concesionarios.-
La Municipalidad podrá ejecutar la garantía real o aval bancario ofrecidos afectándolos al pago de las sumas adeudadas por cualquier concepto por el concesionario.-
FIRMA DEL CONTRATO:
ARTICULO 17º: Una vez adjudicada la licitación, la Municipalidad notificará por ello al adjudicatario, comunicándole día y hora en que deberá concurrir para firmar el respectivo contrato el que se efectuar dentro de los veinte (20) días de notificados de la adjudicación, dicha notificación se hará en el domicilio legal constituido en la ciudad de Saladillo, conforme a lo dispuesto en el artículo 8º.-
Si el adjudicatario no compareciere a la primera citación se reiterar la misma bajo apercibimiento de dejar sin efecto la adjudicación perdiendo la fianza exigida en el artículo 11º.-
En el acto de suscribirse el contrato concesión a que se refiere el presente artículo, el adjudicatario deberá presentar la constancia de haber constituido el depósito de garantía establecido en el artículo anterior.-
ESCRITURA PUBLICA:
ARTICULO 18º: A pedido de una de las partes, el contrato podrá elevarse a escritura pública, siendo los gastos que ello demande a cargo de la parte que la solicite.-
PAGO DEL PRECIO DE LA CONCESION:
ARTICULO 19º: El importe mensual de la concesión será abonado por adelantado del 1º al 5 de cada mes en la Oficina de Recaudación Municipal.-
REAJUSTE DEL ALQUILER:
ARTICULO 20º: El monto del alquiler será reajustado cada tres meses incrementándose el mismo de acuerdo a los índices que emite el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (I.N.D.E.C.) rubro costo de vida – Nivel General.-
OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES DEL ADJUDICATARIO:
ARTICULO 21º: Sin perjuicio de las demás obligaciones que recaen sobre el concesionario con sujeción a lo establecido en el presente pliego, el mismo deber observar:
a) Los precios de los productos que se expenden serán exhibidos al público mediante la colocación de carteles bien visibles, o en cada uno de los artículos y deberán ser los corrientes en plaza;
b) El concesionario estará obligado a proveer por su exclusiva cuenta todos los elementos necesarios, estantes, mostrador e instalación total del negocio para la eficaz prestación al público concurrente de los servicios a su cargo:
c) La limpieza a fondo del local y sus instalaciones, serán realizadas durante las horas de menor afluencia de pasajeros, siendo obligación del concesionario mantener al mismo en perfecto estado de higiene;
d) El servicio de kiosco deberá prestarse por el concesionario en forma continúa pudiendo eximirse de esta obligación en caso de fuerza mayor.- Nos será admitida como tal la huelga o conflictos del cualquier naturaleza con su propio personal;
e) Durante el término de este contrato el concesionario mantendrá el local en buen estado de conservación e higiene, y efectuará por su cuenta la pintura del mismo, refacciones y reposiciones cada vez que sea necesario a juicio exclusivo de la Municipalidad.- Cuando el concesionario debe hacer refacciones, las mismas se harán en el plazo que determine la Municipalidad;
f) El concesionario podrá ocupar con artículos, revistas, etc., la parte del anden que da frente al local del kiosco en una longitud que no exceda de un metro a contar de su frente;
g) Sin perjuicio de abonar el importe de la concesión el adjudicatario deberá efectivizar, además, todos los tributos establecidos en la Ordenanza Impositiva Municipal, y en la fecha y tiempo que dichas disposiciones determinen y que correspondan a la actividad que desarrolla;
h) Será a cargo del concesionario el consumo de energía eléctrica, gas y agua corriente;
i) Está prohibido al concesionario la venta de bebidas de todo tipo.-
SANCIONES:
ARTICULO 22º: El incumplimiento total y/o parcial del concesionario a cualquiera de las obligaciones puestas a su cargo por el presente pliego y por el contrato concesión que el mismo suscribir con la comuna, ser sancionado con multa de hasta el máximo que fija la Ley Orgánica de las Municipalidades, la que será regulada por la Municipalidad de acuerdo con la gravedad dela falta cometida y el grado de reiteración sin perjuicio de la caducidad que se dispone en el artículo siguiente.-
CADUCIDAD
ARTICULO 23º: La Municipalidad podrá decretar la caducidad automática de la concesión en los siguientes casos:
a) Cuando medie transferencia de la concesión;
b) En caso de falta de pago de dos períodos mensuales, sin que sea necesario ninguna previa intimación.- En este supuesto, la caducidad del contrato se operará automáticamente, por el solo transcurso del tiempo.-